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Ultimado el anteproyecto, de ley sobre libertad religiosa

El texto del anteproyecto de ley sobre libertad religiosa quedó ayer ultimado en la reunión que mantuvieron la comisión interministerial de libertad religiosa con los representantes de las aproximadamente veinte confesiones religiosas que desde hace una semana han venido elaborando este borrador.A pesar del espíritu de consenso que predominó en la sesión, el texto no será aprobado hasta una próxima reunión, que tendrá lugar en junio, ya que diversos representantes de las confesiones religiosas consideran necesario matizar la base octava del borrador, que trata de la regulación de la personalidad jurídica de las confesiones.

Según el borrador, las confesiones no son consideradas como asociaciones y adquieren personalidad jurídica mediante su inscripción en el correspondiente registro del Estado, una vez que acrediten su condición de Iglesia o confesión religiosa y su establecimiento en España, de manera que ofrezcan a la Administración garantías de continuidad. Su tratamiento legal es muy simple y realista, acorde con la especial naturaleza, de las mismas y con sus complejas estructuras. Se suprimen en la nueva normativa todas las autorizaciones administrativas previas y los controles administrativos que se establecían en la ley de 1967.

El proyecto delimita el concepto de Iglesia o confesión religiosa, y deja al margen del mismo a los grupos que, aun alegando en algunos casos motivaciones religiosas, desarrollen actividades relacionadas con fenómenos psíquicos o parapsíquicos, o se dediquen al cultivo de valores puramente humanistas, espiritualistas, filantrópicos u otros análogos.

La comisión interministerial continuará estudiando la redacción de las bases elaboradas en reuniones anteriores, al objeto de matizar y aclarar algunos detalles para poder presentar el anteproyecto de ley al Gobierno, una vez que esté aprobada la Constitución. En las bases se contemplan todos los derechos derivados de la aceptación del principio de libertad religiosa y que se hallan recogidos en distintos artículos del proyecto constitucional, tales como los que afectan a la defensa de la intimidad personal y familiar, la libertad de expresión del pensamiento, la de reunión y manifestación, la de asociación para fines lícitos y la de objeción de conciencia.

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