Reconocida expresamente la libertad de enseñanza
Debate constitucionalCon solo el voto en contra de Alianza Popular (AP) representada por los señores Silva Muñoz y López Rodó, la Comisión Constitucional aprobó ayer la redacción del polémico artículo veintiséis, en el que se regula la libertad de enseñanza que establece la obligatoriedad por parte de los poderes públicos de ayudar a los centros docentes. El representante de la Minoría Vasca no estuvo presente en ninguno de los debates que tuvieron lugar por la tarde.El texto aprobado fue propuesto conjuntamente por UCD, Grupo Socialista, Socialistas de Cataluña, Grupo Comunista, Minoría Catalana y Grupo Mixto y supone la modificación del texto de la ponencia, acercándose a la redacción del anteproyecto del 5 ole enero. Como principales novedades introduce en el apartado uno el reconocimiento expreso de la libertad de enseñanza, que no figuraba en ,ninguno de los textos anteriores. El término «se reconoce» fue objetado por Alianza Popular, que prefería «se garantiza». El ministro de Educación, Iñigo Cavero, que asistió a la sesión, sin voz ni voto, dijo a los periodistas minutos antes de procederse a la votación que él hubiera preferido personalmente el término «se garantiza», aunque manifestó que coincidía con la redacción que se había al.canzado por consenso.
Miguel Roca, en nombre de la ponencia, puso especial énfasis en recalcar que la introducción de la palabra garantizar era innecesaria si se tenla en cuenta que el artículo 48 del mismo texto conslítucional dice que «los derechos reconocidos en el capítulo segundo vinculan a todos los poderes públicos». «Esta es la máxima garantía que puede ofrecer la Constitución », añadió.
Otra novedad aparece en la redacción del apartado cuatro. El anteproyecto decía que «la ley regulará el nivel de educación obligatoria y gratuita», mientras el texto aprobado establece taxativamente que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. En lo relativo a la creación de centros docentes el texto anterior reconocía la libertad en su «creación y promoción», mientras el actual se refiere únicamente a la creación. Igualmente se ha suprimido la mención expresa a la libertad de las personas fisicas y jurídicas a dirigir centros docentes, y se ha remitido a una posterior regulación por ley ordinaria la participación de padres, profesores y alumnos en la gestión y control del centro, remisión a la ley que no figuraba en el anteproyecto.
Los seis grupos firmantes de la enmienda in voce, finalmente aprobada, retiraron las ermiendas que habían presentado en su día. No lo hicieron así Alianza Popular ni los señores Barrera y Gómez de las Roces.
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