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Debate constitucional

Los socialistas se opusieron sin éxito, al reconocimiento del derecho de fundación

Los socialistas votaron ayer por segunda vez, desde que se iniciaron los debates parlamentarios sobre la Constitución, en contra de un precepto del anteproyecto: el que constitucionaliza el derecho de fundación. (La primera vez que el PSOE votó en contra fue con motivo de la mención expresa al mantenimiento de relaciones de los po deres públicos con la Iglesia católica.) La importancia dada a esta cuestión por los socialistas -que alteraron su actitud general de mostrar sus discrepancias no esenciales mediante la abstención- fue explicada por Enrique Barón, quien advirtió del peligro de producir, a través de las fundaciones, un proceso de acumulación de capital sin la presencia clara de un titular.

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Texto de los artículos aprobados

Este fue el tema más sobresaliente de los debatidos ayer en la Comisión Constitucional, donde más que una sesión legislativa se celebró un compás de espera para dar tiempo a las negociaciones que anoche se produjeron en torno a uno de los puntos más conflictivos de la Constitución, que será abordado hoy: la regulación de la enseñanza, especialmente por lo que se refiere a la pugna enseñanza estatal-enseñanza privada, y el polémico tema de las subvenciones eficaces. De ahí las varias interrupciones de la sesión solicitadas por los grupos parlamentarios, con el pretexto de llegar a fórmulas de compromiso sobre otros artículos previos, cuando se aproximaba el debate del 26, y que suscitaron alusiones irónicas por parte del presidente de la Comisión, Emilio Attard.La sesión se inició con la aprobación, sin apenas debate, del artículo 21 del anteproyecto, que reconoce el derecho de asociación y regula los requisitos fundamentales para su existencia, disolución y prohibición. El artículo, aprobado por unanimidad, sólo registró la modificación de sustituir, en el apartado segundo, la alusión a la ilegalidad de las asociaciones que intenten «fines o utilicen medios tipificados como delito», por la de que persigan tales fines o medios.

El debate del artículo 22 resultó más animado.

Por parte socialista, Enrique Barón argumentó que la fundación supone la afectación de un patrimonio a una finalidad impuesta por el fundador, de manera perdurable, excediendo la vida del mismo. Elevar este derecho a la categoría constitucional supondría eliminar constitucionalmente la posibilidad de que tales finalidades «puedan ser alteradas sustancialmente por las organizaciones democráticas de la sociedad», añadió el señor Barón.

El diputado socialista estimó relacionado este tema con la posibilidad de que existan patrimonios en manos muertas y consideró una aberración su reconocimiento constitucional. « Económicamente, la existencia de las fundaciones su pone -dijo- admitir constitucionalmente un proceso de acumulación de capital sin la presencia clara de un titular y puede conducir a la necesidad de que, dentro de un tiempo, se tenga que proceder a la promulgación de nuevas leyes desamortizadoras por la involución del desarrollo económico que supone la acumulación de capital en manos muertas.» Señaló también que la fundación supone la obtención de ventajas fiscales por parte de patrimonios privados.

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Por UCD, Oscar Alzaga defendió el texto del anteproyecto. Aceptó que en materia de fundaciones pueden producirse extralímitaciones, «como en cualquier asociación o actividad humana no angélica» -apostilló-, pero afirmó que ello no opta para constitucionalizar el derecho de fundación, del mismo modo que el PSOE ha propugnado la constitucionalización de otros derechos.

Sometida a vota cíón la enmienda socialista de supresión fue rechazada por dieciocho votos en contra (UCD, AP y Minoría Catalana) diez a favor (PSOE) y tres abstenciones (comunistas y PNV).

Esta votación llevó al PSOE a oponerse al artículo 22 y a anunciar que en el Pleno del Congreso defenderá su enmienda.

«Estado de obras o estado de la obra»

En el debate del artículo 23, al estudiar el derecho de acceso a los cargos públicos, Luis Fajardo (PSOE) se opuso a que se pusiera como condición del mismo el «inérito y capacidad», que recordaba, según dijo, la época del Estado de obras o del Estado de la Obra ». Por la ponencia, José Pedro Pérez Llorca (UCD) aceptó la subresión de los expresados términos en el citado artículo -se incluirán en otro adecuado-, pero aclaró que su mención no era producto de ninguna reminiscencia del Estado de obras, sino . de un precepto análogo de la Constitución de 1931. El único voto en contra correspondió al diputado de AP Federico Silva.

El debate sobre el artículo 24 quedó truncado por su mitad. Sólo fueron aprobados los dos primeros apartados, sobre el derecho a la tutela de los tribunales y a una serie de garantías procesales. En ambos casos se registraron los dos votos en contra de Alianza Popular, uno de cuyos diputados, Laureano López Rodó, defendió una enmienda contraria a todo el artículo.

La argumentación utilizada por el señor López Rodó fue que la redacción de la ponencia reiteraba preceptos ya aprobados y era muy larga e imperfecta, mientras que la suya, mucho más breve, era más correcta y completa, paradójicamente.

La respuesta de los ponentes la expresó Miguel Roca, al proponer la adición de nuevos párrafos a los apartados tres y cuatro. Gregorio Peces-Barba, por su parte, recordó al señor López Rodó que se había olvidado de una serie de garantías para los presos, los condenados y los procesados que figuraban en el texto del anteproyecto.

Por su parte, Francisco Letamendía defendió una enmienda, según la cual los condenados deberán tener especialmente garantizado «el acceso a la cultura y al ejercicio de su sexualidad». El señor Letamendía se apoyó en el dictamen sobre prisiones que hoy se presentará al Pleno del Senado. La decisión sobre los apartados pendientes del artículo 24 será el primer tema que se decida hoy.

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