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UCD se opuso a señalar una fecha exacta para las elecciones locales

El Senado rechazó ayer durante el debate del proyecto de ley de elecciones locales la pretensión de los grupos parlamentarios Socialista, Vasco y Progresistas y Socialistas Independientes de fijar una fecha exacta, concretamente la del próximo día 15 de septiembre, para la celebración de las elecciones municipales. El grupo gubernamental de UCD, apoyado por algunos senadores de los grupos Mixto e Independiente, cerró filas en este punto y derrotó por amplia mayoría -117 votos frente a 66- las enmiendas presentadas al respecto por los citados grupos de oposición.

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En lo que se refiere a este tema, el texto aprobado por el Senado, concretamente la disposición transitoria sexta del proyecto de ley, establece que las elecciones municipales deberán ser convocadas dentro del plazo de treinta días a partir de la promulgación de la Constitución. Sin embargo, a juicio de los portavoces de los grupos Socialista, Vasco y Progresistas y Socialistas Independientes, el citado texto no establece un plazo fijo, ya que la promulgación de la Constitución depende de una serie de actos que pueden ser retrasados por el Gobierno.La imposición de este plazo, aunque pueda ser considerado ambiguo, y la conversión de una disposición adicional sobre las elecciones en las localidades de menos de 250 habitantes en el artículo 30 son prácticamente las únicas diferencias introducidas en el proyecto de ley de elecciones locales del Senado respecto al aprobado el 9 de marzo pasado por el Pleno del Congreso. La consecuencia de ello es que deberá reunirse para decidir la aprobación definitiva de un texto u otro la comisión mixta Congreso-Senado prevista en la ley de Reforma Política.

El debate celebrado ayer en el Senado sobre el articulado del proyecto de ley de elecciones locales -47 artículos y diversas disposiciones adicionales, transitorias y finales- dio ocasión a que surgiesen a la superficie de los distintos intereses electorales de los grupos minoritarios frente a los del PSOE y UCD y, en algún tema muy concreto también, los puntos de vista enfrentados de estos dos grandes partidos.

Tanto los grupos Vasco y Entesa dels Catalanas como el de Progresistas y Socialistas Independientes atacaron con fuerza, mediante la defensa de las correspondientes enmiendas, la barrera del 5% de votos que el artículo 11 del proyecto de ley establece, por debajo de la cual ninguna lista de candidatos podrá ser tenida en cuenta.

El Grupo Vasco, por boca del senador señor Vidarte, calificó esta barrera de «ataque frontal a las minorías», ya de por sí castigadas -dijo- por el método D'Hont y que resultan pulverizadas. con el límite del 5%. El senador Martín Retortillo, del Grupo Progresistas y Socialistas Independientes, por su parte, resaltó la gravedad que, a su juicio, suponía dejar excluidas de la vida municipal fuerzas arraigadas en un municipio o en un barrio concreto.

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El alcalde de Barcelona, José María Socías Humbert, senador de Entesa dels Catalans, insistió en este aspecto y llamó la atención de la alta Cámara sobre el peligro de confrontaciones serias en el marco de la vida municipal entre las fuerzas mayoritarias representadas en los ayuntamientos y las minoritarias excluidas, que si están arraigadas en la vida local -dijo- actuarán de manera directa.

UCD, por boca del senador señor Sánchez Reus, rechazó estas argumentaciones, por entender que atacaban la esencia misma del proyecto, que mantiene la preferencia del sistema proporcional sobre el mayoritario y, dentro de éste, la del sistema desfraccionalizador sobre el fraccionalizador. Puestas a votación las enmiendas, fueron derrotadas con la abstención del Grupo Socialista.

Otras enmiendas del Grupo Socialistas y Progresistas Independientes tendentes a potenciar el papel de las fuerzas minoritarias y propiamente locales en la vida de los municipios corrieron la misma suerte que la enmienda anterior, pero esta vez con el voto en contra también de los socialistas. Dichas enmiendas establecían distintos sistemas de elección para los municipios de menos de 5.000 habitantes, para los comprendidos entre 5.001 y 50.000 habitantes, y para los de más de 50.000 habitantes.

Si en este punto, es decir, el de la potenciación de las fuerzas minoritarias en la vida local, PSOE y UCD hicieron frente común ante las enmiendas de vascos, Progresistas y Socialistas Independientes y de Entesa dels Catalans, en el tema de la determinación de una fecha exacta para la celebración de las elecciones locales el PSOE hizo causa común con las citadas minorías parlamentarias frente al grupo de UCD.

En este tema concreto fueron defendidas tres enmiendas de los grupos Socialista, Vasco y Progresistas y Socialistas Independientes, que pretendían que las elecciones municipales se celebrasen el 15 de septiembre, a menos que antes se hubiera aprobado la Constitución, en cuyo caso se celebrarían treinta días después del referéndum constitucional.

Este mismo texto fue aprobado por la ponencia designada en el seno de la Comisión de Justicia del Senado para estudiar el proyecto de ley, pero posteriormente la citada Comisión lo rechazó, cambiándolo por el que establece la obligación del Gobierno de convocar las elecciones dentro del plazo de un mes a partir de la promulgación de la Constitución. A pesar de las acusaciones de ambigüedad formuladas por socialistas, vascos y Progresistas y Socialistas Independientes contra este texto, éste fue aprobado por 117 votos a favor y 66 en contra.

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