Ampliación del plazo para regularizar la situación fiscal
Hacienda ha decidido ampliar el plazo para que las personas fisicas regularicen su situación fiscal. Las declaraciones de renta complementarias de la de 1976 podrán presentarse hasta el próximo 15 de abril. Esto supone una ampliación de otros quince días sobre los previstos en la ley de Medidas Urgentes. Esta decisión se ha tomado a la vista del importante número de personas que vienen presentando en los últimos días su declaración complementaria, que supone borrar malos antecedentes fiscales. La ampliación del plazo se ha concedido por resolución administrativa, pero señalándose que los contribuyentes que vayan a presentar su declaración entre el 1 y 15 de abril deberán comunicarlo a la Delegación de Hacienda correspondiente antes de la primera fecha, es decir, dentro del plazo previsto por la ley de Medidas Urgentes.La declaración complementaria a la de 1976, último año por el que se ha debido tributar, y el pago de los impuestos correspondientes a la rásma supone para el contribuyente la limpieza de antecedentes y el olvido por parte de la Hacienda de los compromisos fiscales del sujeto anteriores a 1976. El pago de los impuestos correspondientes a esa declaración complementaria puede hacerse de forma fraccionada, en cuatro trimestralidades iguales, según una disposición reciente.
El ministerio no ha facilitado, por ahora, datos concretos sobre el número de contribuyentes que han regularizado su situación, aunque fuentes oficiales estiman que la cifra es importante y pone de relieve el eco que la reforma fiscal está teniendo entre los contribuyentes.
En el caso de las personasjurídicas -sociedades-, para las que la moratoria supone una auténtica y generosa, en opinión de los expertos, amnistía fiscal, el plazo para regularizar su situación no vence hasta el 31 de junio próximo,
Una vez pasado el plazo Para la regularización fiscal de las personas físicas, la inspección actuará conforme a las facultades que le son propias, y podrá multar con 15.000 pesetas a las personas que no hayan prestado declaración teniendo obligación de hacerlo, al tiempo que obligar a hacerla.
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