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La proposición de ley sobre la tortura, en el "Boletín Oficial de las Cortes"

Las tres proposiciones de ley, referentes una de ellas a la tipificación de la tortura como delito, otra a la reforma de algunos de los supuestos de la actual ley de Peligrosidad Social, y la tercera a la asistencia letrada al detenido desde el momento de su detención, tomadas en consideración por el último Pleno del Congreso de Diputados a iniciativa del grupo parlamentario socialista, fueron publicadas ayer en el Boletín Oficial de las Cortes.

La primera de ellas propugna la inclusión en el Código Penal de algunos artículos, y la modificación de otros, con la finalidad de tipificar penalmente la tortura, concebida ésta, genéricamente, «como una agresión a la libertad y seguridad y, específicamente, como una forma de coacción, en ambos supuestos especialmente caracterizada por la cualidad de funcionarios públicos, cuando lo sean sus autores, y por contradecir las mínimas exigencias éticas, exigibles en el interrogatorio de los presuntos inculpados».

La proposición de ley referente a la ley de Peligrosidad Social prevé la desaparición de la misma de ciertos supuestos introducidos en la reforma a que fue sometida dicha ley en 1974. El primer supuesto, cuya desaparición se propugna, hace referencia a conductas reveladoras de menosprecio de la convivencia o del debido respeto a las personas, a actos de violencia, brutalidad y cinismo, que ya aparecen tipificadas en el Código Penal.

En cuanto a la perversión moral de los menores de edad abandonados por su familia -otro de los supuesto de la ley cuya desaparición se propugna-, este hecho merece un tratamiento de protección y no de peligrosidad, que tiene su oportuno cauce a través de los tribunales tutelares, pientras que la rebeldía a la familia entraña un concepto equívoco, y, en todo caso, anacrónico en los actuales planteamientos sociológicos y que concierne a las facultades inherentes a la patria potestad, desarrolladas en el Código Civil.

Igualmente se pretende cambiar el actual castigo que la ley establece para los enfermos y deficientes mentales por un sistema de protección y asistencia con las debidas garantías científicas.

La asistencialetrada al detenido desde el mismo momento de su detención es considerada en la correspondiente proposición de ley tomada en consideración por el Congreso como una medida «urgente en esta etapa de consolidación de la democracia, que ayudará a superar la inercia de las piácticas viciosas del régimen anterior, de suerte que esta reforma, con la que sé acomete en otro proyecto respecto a la tortura, servirá a erradicar dichas lacras, garantizando los derechos del ciudadano que se ve restringido en su libertad en función de un procedimiento judicial».

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La proposición de ley del grupo socialista prevé, entre otras cosas, que «todo detenido tendrá derecho al consejo y asistencia de abogado, desde el momento mismo de su detención; a tal fin, el funcionario que la practicase deberá facilitarle los medios de comunicar con el letrado que designase o, en su caso, con el Colegio de Abogados, que establecerá un turno para la prestación de este servicio».

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