Trabajo destinó a sus inspectores cien millones de pesetas de la Seguridad Social
Lo que pudiera suponer una grave infracción legal, en cuanto a procedimiento, y una decisión unilateral que hurta varios cientos de millones de pesetas al capítulo de ingresos públicos de los Presupuestos Generales del Estado, fue adoptado por el primer Gobierno de Suárez, unos días antes de las elecciones de junio, mediante una orden ministerial del entonces titular de Trabajo, señor Rengifo, según documentada denuncia de un grupo de funcionarios.
La citada orden, que apareció con fecha 30 de abril en el Boletín Oficial del Estado del 4 de mayo, determina el destino del recargo por mora en el ingreso de cuotas de la Seguridad Social fuera de plazo. En su artículo único dispone que lo recaudado por tal concepto se distribuye de la siguiente forma:1. Para la Mutualidad de la Previsión, el mismo porcentaje destinado en la actualidad a tal finalidad.
2. Para hacer frente a los gastos y atenciones derivados de la actividad de vigilancia e inspección, el resto de lo recaudado por recargo de mora.
Quebranto de norma superior
Esta orden supone una clara infracción de al menos, dos normas de rango superior: la ley general de la Seguridad Social de 30 de mayo de 1974 y la ley sobre Retribuciones de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado 31/1965 de 4 de mayo.La primera infracción se referiría al destino de ingresos de la Seguridad Social a otros fines distintos de los marcados por la ley, que son los de autofinanciación de la misma y financiación de los regímenes especiales, en beneficio de un determinado cuerpo de la Administración, Inspectores de Trabajo, y con el agravante de que la Seguridad Social es deficitaria en su autofinanciación y ha venido necesitando ayudas de los Presupuestos Generales del Estado.
La segunda infracción, al tratarse de ingresos extrapresupuestarios los relativos a recargo por mora, sería contenida con respecto a la citada ley de retribuciones en su artículo 16. 1., que dispone: « Las tasas y exacciones parafiscales y todos los ingresos extrapresupuestarios, cualquiera que sea su denominación, que perciban los organismos de la Administración del Estado y las entidades estatales autónomas, sea cual fuere su destino, se ingresarán directamente en el Tesoro y figurarán como ingresos públicos en los Presupuestos Generales del Estado.»
La citada orden ministerial supuso, días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, la asignación de cerca de noventa millones de pesetas a la Financiación de un convenio suscrito entre la Mutualidad de Previsión y el Cuerpo Nacional de la Inspección de Trabajo con fecha 26 de mayo, para la prestación de pensiones de jubilación a 154 inspectores con edades comprendidas entre los sesenta y los setenta años, entre los que se encuentran ex altos cargos de la Administración del régimen franquista.
Este convenio supone la percepción de pensiones entre 100.000 y 200.000 pesetas mensuales para algunos inspectores de Trabajo, que disfrutan de la relativa a clases pasivas, la correspondiente a la Mutualidad de Funcionarios (MUFACE) y la que les otorga el citado acuerdo. Es decir, percepciones muy superiores no ya sólo a la generalidad de las pensiones, sino incluso a las retribuciones salariales que disfrutarían de encontrarse en activo.
Los funcionarios que han denunciado estos hechos a EL PAIS solicitan que el Parlamento tome cartas en el asunto y gestione la modificación de la orden de 30 de abril de 1977, «a fin de que reviertan sus ingresos en el Tesoro público, o bien en la Seguridad Social», así como la devolución «de los cien millones de pesetas destinados a la financiación del referido convenio». También solicita del Parlamento un riguroso control de la Seguridad Social y «una investigación de la financiación de la Mutualidad de Previsión y sus organismos adheridos».
Los citados funcionarios, en su denuncia, estiman los ingresos anuales por recargo de mora en mil millones de pesetas.
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