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Ejemplaridad legalidad y celeridad

Cuando, hace dos meses escribí el artículo «Suárez-Tarradellas una negociación abusiva», lo hice comentando un comunicado de Tarradellas y de los parlamentarios catalanes y un borrador de acuerdo, que era fruto de las negociaciones que el actual presidente de la Generalidad monárquica y entonces presidente de la simbólica supervivencia de la Generalidad republicana, acababa de tener en Francia con Sánchez Terán, enviado del presidente Suárez. En las negociaciones que, como es sabido, prosiguieron luego en el secreto de los gabinetes, ese borrador fue modificado; y lo fue tan a fondo, que el real decreto-ley creando la Generalidad como institución preautonómica se parece tan poco al documento de agosto, que haría " falta, para comentarlo, escribir un artículo enteramente distinto del que entonces escribí.En el real decreto-ley en virtud del cual acaba Tarradellas de tomar posesión de la presidencia de la nueva Generalidad, la preautonomía de Cataluña queda reducida a lo que no tiene más remedio que quedar reducida cuando todavía no se conoce el ámbito que, con arreglo a la nueva Constitución, podrá tener la esfera de competencia de los países o regiones autónomos: es decir, principalmente, a ser símbolo de la unidad y de la personalidad colectiva de Cataluña (lo que tiene ya su valor), pero, también, a constituir el órgano que puede y debe preparar eficazmente la compleja operación que mañana habrá de ser acometida, de la transferencia de competencias de la Administración central a la administración catalana.

De este modo, la negociación que era abusiva mientras tuvo por objeto una autonomía anticipada más amplia de lo que las leyes permiten (y que parecía ir a desembocar en ese resultado), dejó de serlo al retraerse y encajar dentro de los límites de la legalidad (que, en ese caso, son también de la sensatez política, cara al resto de España). Y el fruto de ella, que está a la vista, no solamente no tiene nada de abusivo, sino que sin exageración puede calificársele de ejemplar, como lo califica la mayoría de los comentaristas españoles Y extranjeros. Debía evitarse el hacer de Cataluña una excepción privilegiada. y se ha evitado (pese a que el presidente de la Generalidad acaba de declarar que la autonomía de Cataluña debe ser distinta de las demás, lo que no es precisamente buen agüero: pero esperemos que la sensatez vuelva a imponerse). Debía respetarse la legalidad vigente, y se ha respetado. Debía impedirse el sentar un precedente y contraer un compromiso que habría pesado sobre los trabajos constitucionales de las actuales Cortes al modo como peso el celebre «pacto de San Sebastián» sobre los de las Cortes de 1931, y se ha impedido. Dicho lo cual, procede formular ciertas observaciones. Si Cataluña no ha de constituir (como no debe constituir) una excepción privilegiada, conviene acelerar lo más posible la política que con ella se ha iniciado, de reconocer la personalidad de los países o regiones de España llamados a ser autónomos, de dotar a éstos de instituciones similares que, al tener un valor principalmente simbólico, no subvierten por el mero hecho de su existencia el orden legal vigente, y pueden en cambio el facilitar y abreviar la tarea legal, administrativa, fiscal y técnica que, en un porvenir ya muy cercano, implicarán el reconocimiento de las autonomías , la transferencia a las futuras autoridades autónomas de las competencias que hoy detenta y de los servicios que hoy desempeña la autoridad central. Si el caso de Cataluña, que podía haber sido excepcional (y, por ende, privilegiado e irritante), ha resultado ser ejemplar (y, en consecuencia, digno de ser imitado, de ser aplicado a los demás países o reogiones de España), lo que procede es actuar rápidamente para crear en las próximas semanas, y lo más tarde de aquí a finales de año, instituciones correspondientes en Los demás sitios.

Acelerar la actividad de las Cortes

Si la Iegalidad vigente debe ser respetada, es porque el violar la legalidad es mal camino, que puede conducir a las peores situaciones. Pero esto no quiere decir que esa legalidad debe perpetuarse. Hay, pues, que acelerar igualmente la actividad de las Cortes para que lo antes posible (es decir en el plazo más breve que sea compatible con un trabajo concienzudo, serio, responsable), elaboren la nueva Constitución y seguidamente, una serie de leyes que son su obligado e imprescindible complemento. Las Cortes de 1931, elegidas un 28 de junio, sancionaron la Constitución republicana el 9 de diciembre siguiente. ¡Así salió ella!, dirán algunos. La verdad es que aquella Constitución habría salido, poco más o menos, igual aunque las Cortes hubieran tardado dos o tres meses más en elaborarla, ya que sus principales defectos no eran hijos de la precipitación, sino de la ideología de los constituyentes. Elegidas un 15 de junio, las Cortes actuales ¿cuándo rematarán su labor? Hay aquí motivo de inquietud tanto más grande cuanto que, si todo período constituyente es delicado por lo que tiene de provisional e incierto en la actual coyuntura económica la situación resulta mucho más preocupante. De aquí, la necesidad de abreviarla. Pero aún no ha terminado su trabajo la ponencia de la comisión elegida por el Congreso. Seguidamente, tendrá que examinar el texto el pleno de esa comisión. Podremos darnos por contentos si el Pleno del Congreso empieza a discutirlo a primeros de diciembre, en el caso de que, para entonces, haya acabado el debate presupuestario, me parece, en consecuencia, prácticamente imposible que los diputados den cima a su labor antes de que finalice enero. Y entonces tocará el turno a los senadores. Y, si el texto que estos aprueban discrepa del aprobado por el Congreso (y en algo habrá de discrepar, si es que el Senado no quiere sumirse en la pereza, en la resignación o en la ineficacia), quizá estemos condenados a no tener nueva Constitución hasta abril o mayo. Si los cinco meses de 1931 fueron demasiado pocos, diez u once serían ahora demasiados.¿No es posible, para ganar tiempo, que, en cuanto la ponencia de la comisión del Congreso termine sus trabajos, el texto elaborado por ella pase a examen de una comisión del Senado que vaya adelantando la labor de éste Así, el Congreso podría incluso tener en cuenta, durante las discusiones del pleno de la Cárnara, las por meras observaciones que le llegasen de los senadores, y la conciliación y superación de las discrepancias podría ir haciéndose sobre la marcha en la medida en que ello fuera posible.

Lo que no es recomendable, es tener al país en la incertidumbre durante mucho tiempo, lo mismo en lo que al alcance de las autonomías se refiere, que en lo relativo a la naturaleza de las principales instituciones y al funcionamiento de las mismas.

Los constituyentes de 1931, cuya ejemplaridad es sumamente discutible en muchos puntos, la tuvieron al menos en uno: no tomaron vacaciones aquel verano. ¿Serán los de 1977 capaces de renunciar, siquiera, a las de la próxima Navidad?

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