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Los acuerdos de la Moncloa

Resumen del programa económico aprobado ayer en la Moncloa

El acuerdo de los partidos representados en el Parlamento y del Gobierno sobre el programa económico a aplicar con carácter inmediato ha quedado condensado en 39 folios y cuatro líneas, que implican toda una batería de disposiciones legales de diverso rango y de compromisos de actuación económica. Se partió de un documento programático elaborado por el vicepresidente Fuentes y su equipo y aprobado por el Gobierno en su reunión del pasado día 6. El programa fue entregado a los partidos el sábado día 8 en la primera reunión de la Moncloa. Ese fin de semana se articuló un re sumen de trabajo y una serie de subcomisiones para tratar temas técnicos específicos acerca del programa. Finalmente, lo sustancial del programa Fuentes: presupuesto y control de rentas han quedado prácticamente íntegros. La Oposición ha conseguido contrapartidas en los temas sectoriales desarrollados a lo largo de las negociaciones, con especial importancia en los capítulos de la Seguridad Social y Agricultura. El proyecto del Código de Derechos de los Trabajadores, propuesto por el PCE, ha quedado fuera del programa, así como todo lo referido a temas sindicales, que, al parecer, serán objeto de especial tratamiento a partir de la próxima reunión con las centrales sindicales. El resumen de las medidas aprobadas ayer y que serán firmadas el martes es el siguiente:

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Consenso de las fuerzas políticas en el enfoque del orden público

I. Política de saneamiento economico

Presupuesto

La tasa de crecimiento de los gastos consultivos del Estado y Seguridad Social no pasarán del 21,4%, tasa prevista de aumento del Producto Interior Bruto. Los gastos de inversión crecerán en un 30% con orientación prioritaria al empleo.

De los 100.000 millones con que el Estado contribuirá al Presupuesto de la Seguridad Social, 60.000 se dedicarán al seguro de desempleo.

Se emitirán 40.000 millones de deuda pública en condiciones de mercado para financiar construcciones escolares.

El déficit presupuestario no superará la cifra de 73.000 millones y la Seguridad Social cerrará 1978 con equilibrio en sus cuentas.

Las cuotas de Seguridad Social no crecerán más del 18 % sobre el presente año.

En 1983 el Estado deberá cubrir el 20% de la financiación de la Seguridad Social.

Las pensiones se incrementarán con criterios de progresividad a favor de las más reducidas.

El seguro de desempleo se extenderá progresivamente a todos los desempleados, agilizándose su reconocimiento y abono.

Sistema monetario

El aumento medio de las disponibilidades se aproximará al 17 %.

El recurso del Tesoro al Banco de España en 1978 no superará los 14.000 millones de pesetas.

Las dotaciones al crédito oficial serán de 190.000 millones, de los cuales el Tesoro aportará 40.000. La atención preferente será exportación, agricultura, vivienda, pesca y pequeña y mediana empresa.

Las Cajas atenderán preferentemente con créditos comerciales a la pequeña y mediana empresa, así como a corporaciones locales.

Se establecerán mecanismos transitorios de distribución del crédito bancario entre las distintas empresas.

Se propondrá la creación de una comisión parlamentaria para control de política monetaria e instituciones financieras.

Precios

Sistema transitorio de precios controlados para productos estratégicos.

Podrá establecerse un nuevo indicador de precios sobre productos de mayor consumo en familias de baja renta, con participación de sindicatos, patronales y organizaciones de consumidores.

Revisión de las estructuras de control de precios con participación de sindicatos, patronales y consumidores.

Rentas

Los salarios brutos crecerán un 20% en 1978, lo que supone llegar al 22% en salarios netos. Tendrán tratamiento favorable los salarios bajos. En el último trimestre de 1977 los salarios no crecerán en media anual por encima del 25 %.

A las empresas que no cumplan esta norma se las retirarán ayudas crediticias y fiscales. Si los aumentos salariales se producen por presión sindical, la empresa podrá reducir su plantilla en un 5% con indemnización. Si en el primer semestre los precios crecen más del 11,5 % se revisará el aumento de salarios. Esto no es de aplicación si la inflación se debe a incrementos de precio de energía, devaluación o catástrofes agrícolas.

La mitad del aumento salarial se recomienda sea aplicado por las empresas de forma lineal.

Se mejorará la información financiera de las empresas..

Empleo

Habrá medidas para asegurar la prestación rigurosa del seguro de desempleo y tratar la creación de empleo especialmente juvenil y en áreas más afectadas por paro.

La contratación temporal de personas acogidas al desempleo tendrá desgravación del 50% de las cuotas de Seguridad Social.

Se concretará con un programa experimental de empleo juvenil temporal por dos años para nuevos puestos de trabajo con desgravación del 50% de las cuotas de la Seguridad Social.

II. Reforma fiscal

El impuesto sobre la renta de las personas físicas tendrá carácter global, personal y progresivo, sustituyendo a los actuales impuestos reales o de producto, que serán absorbidos por el mismo. La tarifa de este impuesto tendrá carácter progresivo y los tipos efectivos que recaigan sobre las rentas modestas serán inferiores a los actualmente vigentes.

El impuesto definitivo sobre el patrimonio se armonizará en su estructura al nuevo impuesto sobre la renta, se aplicará sobre bases reales y se ajustará, en lo relativo a tipos de gravamen, a las líneas generales del texto del impuesto extraordinario aprobado en la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso. Quedará coordinado con éste el impuesto sobre sucesiones.

Se presentará a las Cortes un proyecto de ley de impuesto sobre sociedades y un proyecto de reforma de la imposición indirecta. El primero de ellos evitará todo tipo de ,exenciones y tratamientos de privilegio que no sean necesarios para incentivar la inversión creadora de puestos de trabajo.; el segundo trata de alinear el sistema fiscal español a los vigentes en los países de las Comunidades Europeas.

Las recaudaciones por impuestos directos e indirectos, en el presupuesto del Estado para 1978, resultarán paritarias. Para dicho ejercicio, la relación de ingresos tributarios respecto al producto interior bruto será de, aproximadamente, un punto de porcentaje superior a la de 1977.

III. Control del gasto público

A partir del presupuesto de 1979 se establecerá un control en la asignación de recursos, en principio en Seguridad Social, Sanidad, Obras Públicas y Educación.

En seis meses se desarrollarán normas de ley presupuestaria sobre control de legalidad, de auditoría y eficiencia.

Se garantizará la independencia y eficacia del Tribunal de Cuentas en su futura estructura y dotaciones.

Dentro de la Comisión de Presupuestos se considerará conveniente la creación de subcomisiones de control de subvenciones y transferencias a empresas u organismos públicos, gastos fiscales y retribuciones al personal del sector público.

IV. Política educativa

Gratuidad progresiva de la enseñanza. Se acometerá un plan extraordinario de escolarización de 40.000 millones de pesetas, que permitirán la creación de 400.000 plazas de EGB, 200.000 en educación preescolar y 100.000 de bachillerato unificado y polivalente, durante 1978. Se estudiarán, de cara al presupuesto de 1979, medidas que tiendan a la adecuada retribución del profesorado; se considerará la gratuidad total de servicios de comedores y transporte, en los niveles de enseñanza obligatoria, cuando se impongan como necesarios para los alumnos de concentraciones escolares; y se examinará el posible abaratamiento de los libros de texto.

Será revisada la financiación de los centros no estatales, de forma que se asegure el control de la aplicación de los fondos públicos a los mismos.

La política educativa se completará con la incorporación de las distintas lenguas y contenidos culturales en sus respectivos ámbitos territoriales, para todos los niveles educativos obligatorios, y se establecerá la pertinente colaboración entre el Gobierno y las instituciones autonómicas para la realización de estos planes.

La política de inversiones habrá de complementarse con una eficaz acción en materia de obtención de suelo, para lo que se precisa una especialísima colaboración de los organismos de Obras Públicas y Urbanismo, así como de las corporaciones locales.

V. Política de urbanismo, suelo y vivienda

Urbanismo y suelo

Se instrumentarán medidas urgentes para poner en uso suelo edificable. Realización de un inventarió antes del 30 de junio de 1978 de suelo en tales condiciones.

Promoción en suelo público de operaciones de construcción directa o en régimen de concesión, favoreciendo el régimen de cooperativas y concertando las condiciones finales y plazos de ejecución.

Las condiciones de contratación se realizarán sin discriminación entre empresas. Se dará prioridad a las actuaciones que contribuyan a resolver los problemas de barrios, especialmente chabolismo.

Establecimiento de medidas cautelares para limitar al máximo la reconversión a usos privados del suelo actualmente destinado a usos públicos o instalaciones estatales.

Presentación antes del 31 de marzo de 1978 de un reglamento de expropiaciones y unas bases para la reforma estructural del suelo, con énfasis en apropiación pública del plusvalor.

Tramitar e incluir en los planes generales limitaciones de suelo para vivienda de construcción directa y áreas de uso preferente de vivienda social.

Agilización de recalificación de suelo urbano, poniendo en práctica inmediatamente el impuesto sobre solares, con objeto de penalizar la retención especulativa.

Aplicación del impuesto de incremento del valor de los terrenos para recuperar parte delas plusvalías.

Vivienda

Promover la adquisición de suelo urbano o urbanizable por las corporaciones locales y otras instituciones públicas para su cesión temporal con destino a la construcción de viviendas sociales. Creación de empresas mixtas con mayoría de capital municipal.

Prioridad a la construcción de viviendas sociales durante 1978-1979, elevando el número de las programadas en 1977 y facilitanto el disfrute en régimen de alquiler.

Instrumentación de mecanismos democráticos para la adjudicación de viviendas.

Adopción de medidas eficaces para la utilización de viviendas desocupadas.

Investigación sobre el estado actual de las ocupaciones en viviendas promovidas por el Estado.

Descentralización inmediata de la política de viviendas.

Estudio sobre el mercado de la vivienda en alquiler que posibilite la actuación de la ley de Arrendamientos Urbanos.

Apoyo financiero a través del Crédito Oficial para la creación de empresas mixtas.

Remoción de obstáculos jurídicos y administrativos que se oponen a la creación de un mercado amplio de hipotecas.

VI. Seguridad Social

Gestión

Presentación al Congreso de un proyecto de ley que contemple la reestructuración de las actuales entidades gestoras de acuerdo con principios de racionalización, simplificación, ahorro de costes, eficacia y descentralización. Se pasarán a la Administración del Estado el Servicio de Empleo y Acción Formativa Promoción Profesional Obrera, Instituto Español de Emigración y Servicio de Universidades Laborales, así como el Servicio de Seguridad e Higiene, excepto la medicina preventiva laboral.

Control y vigilancia de la. gestión

Control parlamentario de los gastos y la gestión.

El control y vigilancia de la gestión pasará a depender de la Intervención del Estado.

Participación a partes iguales en el control y vigilancia de la gestión de las entidades gestoras de representantes de los trabajadores, empresarios y de la Administración pública.

Establecimiento de una representación democrática en los servicios sociales con ,participación de los beneficiarios y de la Administíación pública.

Inspección

Imprimir la mayor eficacia a la recaudación y control, actualizándose los cometidos de inspección financiera y de gestión.

Financiación

Establecimiento de un sistema de cotiza- ción con arreglo a criterios de progresividad, de eficacia social y de redistribución. Las cotizaciones se establecerán en función de las rentas de los cotizantes y se referirán a los salarios reales.

La aportación del Estado alcanzará un 20% en 1983.

Prestaciones

Se adoptarán medidas que garanticen la utilidad de las nuevas especialidades farmacéuticas y se controlarán los precios de importación de materias fundamentales. Elaboración de normas sobre conciertos entre la Seguridad Social y laboratorios y farmacias y, sobre autorización administrativa previa de la publicidad que no se limite a niveles científicos. Estudio sobre racionalización de la industria nacional farmacéutica.

Revisión de la participación de los beneficiarios en el coste de las prestaciones.

Se autorizará el despacho directo de fármacos básicos en el recinto de las instituciones de la Seguridad Social a los beneficiarios de la misma.

Ayuda familiar

Estudio sobre el actual sistema de ayuda familiar para obtener una mayor eficacia redistributiva.

Seguro de desempleo

El Estado se hará cargo progresivamente de su financiación.

En materia de desempleo se controlarán los censos, la marcha de las, oficinas de colocación a través de órganos de vigilancia y control. Las oficinas de colocación harán públicas las listas de parados con objeto de facilitar su reincorporación al trabajo.

Ampliación del plazo de prestación del subsidio para ciertas categorías de, trabajadores.

Revisión de las prestaciones por desempleo en la medida que lo permitan las posibilidades económicas para que no sean inferiores al salario mínimo interprofesional. Establecimiento de un tope máximo a la prestación por desempleo al objeto de conseguir una mayor progresividad.

Pensiones

Para 1978 y con efectos a partir del 1 de enero, se incrementará la masa global de las pensiones en un 30% y se distribuirá su cuantía de forma que incida progresivamente en las más reducidas.

Seguridad social agraria

Este régimen será equiparado al general, de acuerdo con el ritmo que permita la política económica.

VII. Política agraria pesquera y de comercialización

Ordenación dé cultivos

Definición de los criterios de ordenación de cultivos antes de julio de 1978. Estos criterios serán indicativos y contendrán una política ganadera y de grasas.

En esta elaboración participarán los sindicatos y las instituciones de los regímenes autonómicos.

Ley de Arrendamientos Rústicos

Antes del 30 de junio de 1978, proyecto de ley de Arrendamientos Rústicos que incorporará:

Regulación del acceso a la propiedad de la tierra para los arrendatarios.

Supresión progresiva de la posibilidad de fijar cánones arrendatarios en función de los frutos obtenidos.

Dar soluciones más adecuadas al régimen de aparcería.

Reembolso de las mejoras realizadas por el arrendatario en los casos de venta o extinción forzosa del arrendamiento.

Actuación fiscal sobre tierras insuficientemente aprovechadas.

Revisión de las normas legales sobre derecho de los, arrendatarios en caso de expropiación forzosa o enajenación.

Política de precios

La política de precios se elaborará con la participación de los sindicatos representativos de los intereses del sector.

Análisis de los niveles comparativos de renta del sector agrícola y de los demás sectores con objeto de que no se incremente la diferencia.

Ley de Cooperativas y Entidades Asociativas Agrarias

Antes del 30 de junio de 1978 se presentará ,a las Cortes un proyecto de ley sobre entidades asociativas, cooperativas agrícolas y ganaderas y sociedades de transformación que favorezca la creación de aquellas que cubran todo el proceso productivo.

Ley de Reforma y Desarrollo Agrario

Presentación de un proyecto de ley sobre este tema que establezca los criterios generales a los que deberá adecuarse la nueva política estructural de la empresa agraria, de la explotación agraria familiar, así como de las formas asociativas de explotación. Se elaborará un estatuto de explotación familiar agraria y se agilizarán los procedimientos expropiatorios por razones de interés social, modificando los sistemas de indemnización y estableciendo nuevos sistemas de valoración.

Seguros agrarios

Se presentará ante el Congreso una ley de Seguros Agrarios que proteja al agricultor de las catástrofes.

Cámaras agrarias

Recomendación de un decreto adicional al de cámaras agrarias que perfeccione el anterior y que regule las elecciones a estos órganos.

Cajas rurales

El funcionamiento de estos órganos se regirá por los principios corporativos, adaptándose a criterios de democratización en sus órganos.

Política pesquera

Su reestructuración se hará en torno a la extensión de las aguas jurisdiccionales; reforma de la estructura administrativa del sector, y elaboración, antes del 30 de junio de 1978, de un amplio plan de reestructuración que contemple tanto las acciones de carácter interno como externo.

La política interna se regirá por los siguientes criterios: estructuración de los centros de investigación pesquera; ordenación en función de los resultados de estos estudios de la pesca de litoral; regionalización; política comercial coherente, y consideración de los problemas sociales del sector.

Sobre política exterior los criterios serán de defensa de los caladeros tradicionales y potenciación de empresas mixtas.

Política de comercialización

Elaboración antes del 30 de junio de 1978 de un programa de modernización de las estructuras comerciales en base a la mejora de la comercialización en origen; transparencia del escalón mayorista y modernización del escalón detallista.

VIII Sistema financiero

Proyecto de ley de regulación de órganos rectores del Banco de España y Crédito Oficial, antes del 31 de marzo de 1978.

Crédito oficial tendrá que financiarse en una tercera parte con fondos captados en el mercado; sus operaciones activas serán similares a la banca privada; acceso a créditos de regulación monetaria.

En un mes, medidas para que las Cajas presten especial atención a pequeñas y medianas empresas, compra de vivienda, agricultura, pesca y creación de empleo local.

Autoridad monetaria y sección al efecto del Congreso vigilarán el funcionamiento de las Cajas, representación de impositores y entidades en órganos de gobierno.

Cajas rurales pasan a depender de Economía y Banco de España, igual que las demás instituciones financieras.

Revisión de incompatibilidades bancarias y límites de crédito a empresas vinculadas al banco o a sus altos cargos.

Potenciación de emisiones de renta fija a precios de mercado.

Eliminación de trabas en el mercado de hipotecas.

Liberalización de las funciones de agentes mediadores en mercado de capitales.

Revisión de la legislación sobre inversión colectiva.

Potenciación de los servicios de vigilancia y disciplina de mercado.

Revisión, antes del 31 de marzo de 1978, de la normativa que rige al Instituto Nacional del Consumo, con el fin de dotarle de un mayor grado de tecnificación y eficacia en sus funciones.

Transformación de la CAT, con objeto de lograr una mayor libertad de mercado y reducir la intervención directa del Estado en los mismos.

IX. Política energética y estatuto de la empresa pública

Política energética

Supeditación de esta política al logro de los objetivos que el Gobierno se ha fijado en materia de política económica, y muy especialmente de balanza de pagos.

Remisión a las Cortes, antes de fin de año, de un nuevo Plan Energético que apunte a contener la intensidad y elasticidad del consumo energético mediante las siguientes medidas:

- Política de conservación y ahorro energético basada en la utilización de un sistema de precios realistas y en la instrumentación de medidas de ahorro energético.

- Política de diversificación.

- Política de desarrollo acelerado de los recursos propios.

- Política de potenciación de las investigaciones y desarrollo de fuentes sustitutivas no convencionales.

En el sector de hidrocarburos se procurará coordinar las competencias administrativas y la existencia de un organismo que agrupe todas las participaciones públicas.

En el subsector eléctrico se procurará la optimización del sistema de explotación, planificación de las inversiones futuras y la optimización del sistema de transporte y distribución.

En el subsector nuclear, se garantizará que el procedimiento de localización de instalaciones nucleares persiga la ubicación más idónea y se garantizarán las máximas seguridades en su explotación, así como de los almacenes de residuos radiactivos.

Estatuto de la Empresa Pública

Antes del 30 de junio de 1978, el Gobierno remitirá a las Cortes un proyecto de ley relativo a este tema en base a los siguientes criterios:

- Control parlamentario.

- Control por la Administración en sus vertientes de coordinación y racionalización; control financiero externo y control interno.

- Regionalización de inversiones.

- Descentralización de actividades.

- Participación de las fuerza! sociales.

- Régimen de incompatibilidades.

- Las adquisiciones y enajenaciones de empresas o de activos por parte del sector público se someterá a rigurosas formas de valoración.

Las condiciones de actuación de las empresas públicas y privadas se equipararán de forma que en la gestión de ambos tipos de empresa no se den situaciones discriminatorias.

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