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Necesidad de control constitucional sobre los pactos del Poder

La necesidad de crear en España un órgano que desempeñe la función de control de la constitucionalidad de las leyes, es decir, que decida si los actos emanados del Poder respetan o no la Constitución, fue puesta de manifiesto ayer, en el acto de apertura de los tribunales, por el ministro de Justicia, Landelino Lavilla, en un discurso que tuvo características de una lección magistral sobre Derecho Constitucional comparado.

El señor Lavilla se mostró partida no de que el control constitucional de las leyes tuviera carácter judicial, aunque no debía ser ejercido por los tribunales ordinario sino por un órgano especial con jurisdicción concentrada, que sería un Tribunal Constitucional, cuyos miembros fueran nombrados con intervención del escalón superior de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

Memoria del año judicial

Con anterioridad al discurso del ministro de Justicia, el fiscal del Reino, Eleuterio González Zapatero, hizo un resumen de la memoria del año judicial anterior, señalando que este período fue «importante y trascendente en la andadura de nuestra patria por senderos democráticos en vías de consolidación». El señor González Zapatero señaló la forma ordenada y relativamente pacífica con que se viene desarrollando en España el tránsito de un régimen político a otro, al que calificó de profunda crisis histórica no falten fenómenos inquietantes como atentados terroristas, atracos, aumento de la delincuencia violenta, huelgas ilegales y abuso del derecho de manifestación, con acompañamiento de tumultos y desórdenes públicos. El fiscal del Reino también calificó de fenómenos inquietantes, en otro orden de cosas, aunque pueden tener, a su juicio, su origen y motivación en los hechos anteriores, el aumento de las situaciones de insolvencia y el cierre o reducción de actividad de empresas, con la consiguiente disminución de puestos de trabajo e incremento del paro laboral.El discurso del ministro de Justicia, centrado sobre la necesidad del control constitucional de los actos del Poder, parte de la constatación de que lo característico del Estado de Derecho es, precisamente, la transmutación de los fenómenos de poder en Derecho y, sobre todo, que la actividad política, una vez, cristalizada en forma jurídica, quede sometida, ella misma, en Derecho. Por esto, se explica que aquellos que sustentan la creencia de que el Poder priva sobre el Derecho, se resistan a que exista control jurídico sobre la actividad política. A este respecto, el señor Lavilla señaló que una de las esferas más resistente al control jurídico es la constitucional. por la intensidad de los fenómenos de poder, que sobre ella confluyen, y de ahí que las batallas más complejas por el Estado de Derecho se vengan librando, precisamente, a nivel de Constitución.

Página 11

Tribunal especial constitucional

"Toda actividad política debe estar sometida al Derecho"

Tras hacer un detallado estudio de los procedimientos de control de constitucionalidad vigentes en Estados Unidos y en los principales países europeos, el señor Lavilla se inclinó a favor del sistema de control judicial, no mediante los tribunales ordinarios, sino a través de un tribunal especial constitucional. El control constitucional, a través de los tribunales ordinarios fue calificado por el ministro de Justicia de sistema de jurisdicción difusa, de difícil exportación a los países en los que no rige el principio de vinculación judicial al precedente, por lo que, además de no alcanzar posiblemente los saludables efectos que obtuvo en Estados Unidos, produciría, quizá inevitablemente, consecuencias perturbadoras para la certeza del Derecho.En todo caso, concluyó su discurso el ministro de Justicia, «cualquiera que haya de ser la forma concreta de articulación en el futuro del control de la constitucionalidad en España, lo importante y, decisivo será su contribución a hacer efectivo el principio de coherencia del ordenamiento y el de jerarquía de las normas que lo integran».

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