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Las Cortes y el tiempo

Una fracción de la opinión política española -expresada en algunos discursos de jefes de partido, editoriales de periódicos, comentarios de prensa, etcétera muestra escasa estimación por las. actuales Cortes. Antes de que quedaran constituidas se habló de su «próxima» disolución. Se ha hablado muchas veces de la conveniencia -o la esperanza de que no cumplan su mandato de cuatro años, de que se disuelvan tan pronto como terminen la Constitución. Cuando se habla de un plazo de dos años suele producirse cierta inquietud y agitación, corno si se tratase de un siglo; son muchos los que piensan -o desean- que la redacción de la Constitución es asunto de pocos meses. Son los mismos que dicen o insinúan que estas Cortes no son plenamente «representativas», y confían en que las próximas lo sean más. Sin demasiada malicia podría pensarse que se consideran verdaderamente representativas aquellas Cortes en que se tiene la mayoría -o al menos, la más importante minoría A los que no somos muy jóvenes, esta sospecha nos preocupa un poco.Recordamos, en efecto, las Cortes de la República. Hubo entonces una manifiesta inclinación a no considerar aceptable más que la victoria -y la derrota, no lo olvidemos, es la otra faz de la democracia- Querer ganar democráticamente el poder signfica estar dispuesto a perderlo. Las Cortes de 1931 no fueron nunca aceptadas por las derechas, que se limitaron a «aguantarlas» -con varias excepciones, como el levantamiento del 10 de agosto de 1932-. Los socialistas y algunos otros grupos no aceptaron las Cortes de 1933, y en octubre de 1934 pasaron a las vías de hecho. Por supuesto, las derechas volvieron a rechazar las Cortes de 1936, y en julio culminó esa actitud. Y hay que añadir -porque tengo una manía incontenible por decir toda la verdad y no sólo la mitad de ella- que, una vez iniciada la guerra, el Gobierno republicano y los partidos del Frente Popular no mostraron ninguna inclinación a respetar el sistema constitucional contra el cual se había revelado gran parte del Ejército, incitado por las derechas: no sólo eliminaron de las Cortes a todos los diputados ajenos a los partidos de la coalición gobernante, reduciéndolas a una fracción partidista, sino que no pusieron en funcionamiento las estructuras de mando previstas por la Constitución de 1931; basta recordar que nunca se declaró el «estado de guerra», y que toda la guerra civil fue combatida en «estado de alarma» -el colmo del eufemismo, si no hubiera significado el control por los partidos de lo que constitucionalmente correspondía al Ejército de la República-.

El sistema democrático se desacredita cuando se pone en tela de juicio el valor de las elecciones, se regatea la representatividad de las Cortes o Parlamento, se muestra impaciencia por el final de su mandato, se multiplican las elecciones, con inadmisible derroche económico y una inevitable impresión de provisionalidad, inestabilidad, inconsistencia. Se provoca así el desprestigio y la fatiga de la democracia.

Y es curioso que la impaciencia por tener elecciones se sienta en los países en que las hay, en que acaba de haberlas, y no en los que ni siquiera cuentan con ellas. Al menos en algunos: cuando los gobernantes chilenos hablan de posponer las elecciones hasta dentro de ocho o diez años, hay un clamor universal -bastante justificado-; pero nadie parece impaciente por que haya elecciones libres en Cuba, por ejemplo, donde el Gobierno se pasa muy bien sin ellas desde hace más de ,dieciocho años.

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Hay otro aspecto igualmente interesante -y paradójico- Los mismos grupos que quieren reducir a un breve plazo el mandato de las Cortes y sustituirlas cuanto antes, están dispuestos a admitir que redacten una Constitución minuciosa y que comprometa al pueblo español gravemente y por largo tiempo.

Sobre la relación de las Cortes -de las actuales o de otras cualesquiera- con el tiempo histórico quisiera escribir una palabra. Y esto me llevará a entrar en un tema aún más grave: el de los límites de aquello sobre lo cual se puede legislar, es decir, los de lo que se llama soberanía. Un Parlamento es siempre elegido en un momento de tiempo, es decir, por los electores que en un día determinado tienen derecho al voto -los que no lo ejercen, renuncian a él-. Cuando se trata de legislación ordinaria, no hay grave inconveniente; al cabo de un periodo determinado -cuatro años en la legislación española- habrá nuevas elecciones, nuevas Cortes y podrán modificarse y adaptarse a la nueva situación las decisiones de las anteriores si es necesario. Cuando se trata de la Constitución, ya es otra cosa.

Los parlamentarios encargados de redactarla han de tener presente que en principio debe durar -es desastroso que no sea así- No para siempre, ciertamente, pero por mucho tiempo, varias generaciones. La representación electoral no puede considerarse correspondiente sólo a un momento, el de la elección, sino a un futuro bastante dilatado; es menester que el país se sienta «cómodo», y esto quiere decir «libre» durante varios decenios, quizá siglos, dentro de la Constitución elaborada ahora. En otras palabras, la Constitución tiene que prever el porvenir. Tiene que ser flexible, elástica, anticipar variacione y crecimientos del cuerpo social. Los muchos detalles pueden ser una prisión dentro de la cual el pueblo se sienta molesto, y la tentación de pasar por encima de los preceptos constitucionales puede ser muy fuerte.

Por el contrario, la Constitución debe ser precisa, de clara interpretación. Debe señalar con rigor la estructura y coordinación ,de los diversos poderes del Estado, su forma, dejando abiertos sus diferentes posibles contenidos, es decir, las diversas políticas que se vayan sucediendo.

Pero, sobre todo, que las Cortes sean soberanas no quiere decir que sean dueñas del país y puedan disponer de él a su antojo. Esta sería una de las formas más atroces de tiranía que puedan pensarse, y no hay que permitir que se deslice siquiera esa posibilidad en nuestras mentes. Si el Parlamento alemán, el Reichstag, hubiera decretado el exterminio de la población judía de Alemania -y no es imposible que el que eligió a Hitler lo hubiera hecho-, no por ello hubiera sido una decisión legítima. El Parlamento, por soberano que fuese, no tenía el menor derecho a exterminar a una fracción del país. Algunos reyes medievales se creían autorizados, en uso de su soberanía, a repartir el Reino entre sus hijos -siempre hubo enérgick, resistencia a esta concepción patrimonial, que nunca prosperó-: no hay soberanía que pueda disponer de la integridad de un país. Si la Asamblea francesa o la Cámara de los Lores y la de los Comunes de común acuerdo, o el Congreso y el Senado en España, decidieran la incineración de los cuadros del Louvre, o de la National Gallery, o del Museo del Prado -o, si quiere uno contentarse con menos, su venta a un país extranjero-, es claro que tales decisiones serían inaceptables y sin valor.

¿Dónde está entonces la soberanía? Su marco es el de lo específicamente político; dentro de él, la potestad soberana es eso, suprema, sin que haya otra por encima dentro de ese orden. Pero hay otros órdenes. Hoy parece evidente que hay los llamados «derechos humanos», que ningun país tiene derecho a violar, ni siquiera en uso de su soberanía (lo que no es tan evidente es cuál es el repertorio de los derechos humanos, menos aún su jerarquía y fundamentación). La vida personal, la vida privada, la libertad religiosa, quedan fuera de lo político, y por tanto, de la soberanía. El viejo principio cujus regio ejus religio, que obligaría a seguir la religión «del país», nos parece hoy intolerable.

Ninguna potestad, por legítima y soberana que sea, puede disponer de la realidad de un país, ni de la de sus habitantes, por ejemplo, de sus biografías, de su manera de entenderse y proyectarse como personas. Es lo que, con otro lenguaje, late en los versos famosos de Calderón en El alcalde de Zalamea, escritos -no se olvide- en la época de llenitud de la Monarquía absoluta:

Al Rey la hacienda y la vida

se ha de dar, pero el honor

es patrimonio del alma,

y el alma sólo es de Dios.

El área de la política se reduce a la convivencia social; ese es su campo, esos son los límites de la soberanía; más allá, la legitimidad se pierde y se desemboca en el despotismo, sea cualquiera la potestad que lo ejerza, sean cualesquiera los títulos que se invo quen. En esa extralimitación -en el sentido literal de la palabra- reside el principio del totalitarismo.

Y hay una consideración final que cierra el círculo de estas reflexiones y nos devuelve a su principio. La razón fundamental por la cual ninguna magistratura, institución o corporación tiene potestad para disponer de la realidad de un país es que ni siquiera el conjunto de sus habitantes puede identificarse con él; es decir, que aun supuesta una representación global y perfecta, ni aun entonces existiría esa soberanía sobre la realidad. España es algo más que el conjunto de los españoles, quiero decir de los vivientes. No se olvide que los votantes no son todos, y ya los votantes son una representación de la totalidad. Por otra parte, los vivientes van cambiando, el nacimiento y la muerte los alteran a cada instante, y no se- puede «privilegiar» a los que están vivos por azar un momento determinado, por ejemplo, el día de las elecciones. Pero, sobre todo, un pais -España en nuestro caso- no se reduce al presente. La España actual no es toda la España real, en ésta entra todo su pasado, del cual está hecho el presente, y el futuro, programáticamente actuante en el hoy.

Ninguna institución, ni siquiera unas Cortes soberanas -políticamente soberanas- tienen poder legítimo para hacer almoneda del pasado que nos constituye o para obturar las posibilidades en que consistimos -nosotros y nuestros descendientes- Las Cortes tienen que contar con el tiempo, con todo el tiempo de nuestra realidad histórica.

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