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Consejo de Ministros: decreto-ley con las normas para las elecciones

Algunos criterios políticos de estas normas electorales

Las normas electorales anunciadas ayer descartan la posibilidad de voto de las personas que tienen entre dieciocho y veintiún años de edad, y que era objeto en la actualidad de una campaña por parte de los partidos de izquierda. Con esta medida no podrán votar aproximadamente dos millones y medio de personas, que son las que tienen edades comprendidas entre los dieciocho y veintiún años, y que tiene su importancia a la hora de enfocar las elecciones bajo la óptica de que se intenta ir a una asamblea constituyente.El hecho de que se haya optado por listas electorales completas, bloqueadas y cerradas, parece destinado a buscar la simplicidad del sistema. Un funcionamiento correcto de este método supondría la existencia de, partidos fuertes, bien conocidos y con programas muy definidos, lo que no es todavía el caso de Espaniñ%. Con este método, el elector tiene que confiar, casi a,ciegas, en que el orden de los candidatos que le presenta su partido es el mejor que podía haber, por ejemplo; asimismo, tiene que votar a la totalidad de la lista, sin posibilidad de cambiar ningún nombre.

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Mínimo de tres diputados por provincia

Lo cierto es que esta simplificación ahorra complicaciones al elector no informado, al mismo tiempo que otorga, indirectamente, notables facultades a los dirigente-s de los partidos para establecer el orden de los candidatos en sus listas y por tanto para prefigurar de algún modo la composición del Congreso.

Por otra parte, la atribución de las facultades gubernativas a lasjuntas electorales provinciales, durante la campaña electoral, puede ser favorable para la neutralidad en las elecciones; sin embargo, en estas juntas`no estarán representados los partidos políticos.

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