Se crea una sociedad entre Ministerio y Ayuntamiento, para viviendas sociales
En el Consejo de Ministros que hoy se celebra se estudiará la aprobación de una sociedad mixta formada por el Ministerio de la Vivienda, el Ayuntamiento de Madrid y otros organismos, cuyo fin será la construcción de viviendas sociales.
Esta sociedad, que ya fue aprobada en el pasado pleno del Ayuntamiento de Madrid se denominará, Viviendas Madrid, SA (VIVMASA), y su objeto exclusivo, según dicen los estatutos de la sociedad, será la promoción en el municipio de Madrid de viviendas de protección oficial, con prioridad para las viviendas sociales.El capital social de la sociedad está constituido inicialmente por mil millones de pesetas, representado por mil acciones nominales de un millón de pesetas cada una.
Además del Instituto de la Vivienda y del Ayuntamiento podrán también ser accionistas todas las entidades y corporaciones y las entidades financieras o de crédito de nacionalidad española.
En cuanto al gobierno y administración de la sociedad, los órganos encargados de ello serán la junta general de accionistas, el consejo de administración y el presidente de la sociedad.
La junta general, órgano soberano de la sociedad, y sus acuerdos serán obligatorios para todos los socios. Sus reuniones podrán ser ordinarias, antes del primero de mayo de cada año, y extraordinarias, cuando se reúna por acuerdo del consejo de administración. Sus facultades serán las de nombrar al presidente de la sociedad y a los vocales del consejo de administración; modificar los estatutos, aumentar o disminuir el capital social, emitir obligaciones y aprobar el inventario, balances, cuentas anuales y los planes y programas de gestión, incluso en sus aspectos financieros y de crédito.
Consejo de administración de la sociedad
El presidente de la sociedad presidirá también el consejo. La composición de éste serán seis vocales nombrados por la junta general. Tres representarán al Instituto Nacional de la Vivienda, dos al Ayuntamiento de Madrid y uno a la Caja Provincial de Ahorros de Madrid. Sus facultades serán las de dirigir, administrar y representar a la sociedad, además de todas aquellas facultades que no pertenezcan a la junta general, tales como designar de entre sus miembros a un vicepresidente y a un secretario, designar los miembros del consejo que han de firmar las acciones representativas del capital social, convocar las tintas ordinarias y extraordinarias, determinar las remuneraciones correspondientes del personal, representación de la sociedad en actos administrativos y judiciales, civiles, mercantiles y penales, ante la Administración del Estado o corporaciones públicas de todo orden, así como ante cualquier jurisdicción; ordenará la sociedad y los negocios y bienes, para lo que se trazarán las normas de gobierno y el régimen de administración de la sociedad; también se encargará de comprar, vender y permutar bienes muebles e inmuebles, hacer las declaraciones de obras, dividir las fincas rústicas y urbanas y constituir regímenes de propiedad de pisos, etcétera.El máximo poder de la sociedad se concentrará en la figura del presidente. Este asumirá el gobierno de todos los departamentos de la entidad y vigilará su administración, el desarrollo de la actividad social, nombrar el personal, visar certificaciones, convocar o presidir el consejo y las comisiones o comités a los que asista, dirigir las deliberaciones de los órganos de Vivmasa, etcétera.
Beneficios
Los beneficios que se obtengan se distribuirán en forma que disponga la junta general a propuesta del consejo de administración, con las limitaciones de que no se podrán repartir como dividendos entre los socios cantidades que supongan más del 6% neto del capital social desembolsado. Las cantidades que excedan ese límite marcado se invertirán totalmente en la adquisición de nuevos terrenos y construcción de viviendas sociales.Una vez aprobada esta sociedad en el Consejo de Ministros, empezará a funcionar de cara a conseguir que en Madrid se erradique definitivamente el chabolismo.
La participación en Vivmasa de las asociaciones de vecinos no está contemplada en los estatutos de la misma, pero, según recientes declaraciones del alcalde de Madrid, se tendrá en cuenta la relación de necesidades de viviendas que estas entidades realicen en las juntas municipales de distrito.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.