_
_
_
_

Amenazas de aplicación del Código Penal

Estos son los dos artículos del Código Penal que en las diferentes oficinas de Correos que se mantienen en conflicto son leídos periódicamente para general conocimiento de los trabajadores:Artículo 222.

Serán considerados como reos de sedición:

1. Los funcionarios, empleados y particulares encargados de la prestación de todo género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad que, suspendiendo su actividad, ocasionen trastornos a los mismos o, de cualquier forma, alteren su regularidad.

2. Los patronos y obreros que, con el fin de atentar contra la seguridad del Estado, perjudicar su autoridad, perturbar su normal actividad, o, de manera grave, la producción nacional, suspendieren o alterasen la regularidad del trabajo.

Más información
Comienza la reincorporación en algunas provincias de los funcionarios de Correos

Artículo 223.

Los culpables comprendidos en los delitos del artículo anterior serán castigados:

1. Con la pena de prisión mayor, si fuesen los promotores, organizadores y directores, o si por la comisión de los mismos delitos usaren de violencia o intimidación.

2. Con la pena de prisión menor en los demás casos.

El Tribunal, apreciando las circunstancias del hecho y del delincuente, y especialmente su situación económica, podrá imponer, además de las penas señaladas, una multa de 5.000 a 250.000 pesetas.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_