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Confirmados los 60.000 euros de multa por celebrar en Twitter la muerte de ‘Jimmy’

La Audiencia Nacional impone la sanción económica más la prohibición de entrar en un recinto deportivo en los próximos cinco años a la persona que se burló del fallecimiento seguidor del Deportivo

Fernando J. Pérez

La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 60.001 euros de multa y cinco años de prohibición de entrada en recintos deportivos que impuso el Ministerio del Interior a un hombre que celebró en Twitter la muerte de Francisco Javier Romero Taboada, Jimmy, el hincha del Deportivo de La Coruña al que unos radicales del Atlético de Madrid, que no han podido ser identificados, arrojaron al río Manzanares el 30 de noviembre de 2014. El tuitero, que fue sancionado en julio de 2015 por el Ministerio del Interior por infracción muy grave de la ley contra la violencia en el deporte, recurrió la multa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia –la que resuelve sobre la legalidad de los actos del Gobierno-. El tribunal ha desestimado el recurso.

El entierro de Francisco Javier Romero, 'Jimmy'.
El entierro de Francisco Javier Romero, 'Jimmy'.EPV

El sancionado, Raúl García Ramos, escribió tras la reyerta, ocurrida en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón, los siguientes tuits: “¿Los del Frente Atlético asesinos, tenéis retrasito verdad? Habían quedado para pegarse ambas partes. La lástima es que sólo ha muerto uno” y “Quiero manifestar mi más absoluta y sincera alegría por la muerte del Depor [sic]. Un hijo de puta que no la liará otra vez. Ojalá mueran más”.

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García Ramos, en su recurso ante la Audiencia Nacional, indicó que las manifestaciones injuriosas en su perfil de Twitter no las subió él, y que las pudo publicar, sin su consentimiento pero sin necesidad de hackear la cuenta, hermanos, amigos o conocidos suyos, que acuden a su casa y usan sus ordenadores y teléfonos móviles libremente. Por ello, consideraba que el entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, había vulnerado su presunción de inocencia al imponerle la sanción, que además consideraba desproporcionada. La multa se le impuso por el artículo 20.3 de la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, del año 2007.

El tuitero borró sus tuits después de que la Guardia Civil hubiera levantado acta de ellos, y trató de matizarlos en comentarios posteriores en la red social, lo que para el tribunal es un indicio de su autoría. Sobre el fondo de las publicaciones, la Sección Quinta de lo Contencioso señala que los tuits “conllevan una clara incitación a la violencia y agresión entre los participantes de encuentros deportivos”.

También rechazan la supuesta falta de proporcionalidad la sanción. La multa económica, recuerda el tribunal, ha sido fijada en su límite menor. Respecto a la prohibición de acceso a recintos deportivos durante un lustro, los magistrados consideran que es acorde a la “alarma social” que generó el homicidio de Jimmy y “el interés público de adoptar una política firme en la erradicación de la violencia en el deporte”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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