El Congreso estudiará acabar con la anomalía que sufren los autores musicales
Podemos presenta una Proposición de Ley para derogar el artículo 71 de la Ley de Propiedad Intelectual y proteger a los creadores frente a las editoriales
Ocurre solo en la música. Una anomalía, que se repite desde hace más de 30 años. Un autor crea una obra y firma un contrato con una compañía para su edición. Hasta aquí, normal. Pero, en los acuerdos con editoras musicales, el autor acepta automáticamente también ceder “derechos de comunicación pública” sobre su creación (es decir, por su difusión en televisión, radio, hostelería, en la Red o en tiendas, entre otros), tal y como prevé el artículo 71 de la Ley de Propiedad Intelectual que se aprobó en 1987.
En la práctica, se ha traducido en que con su firma cientos de músicos han entregado a las editoras hasta la mitad de los ingresos generados por cada vez que su tema suena en la radio o en streaming. A menudo, además, a perpetuidad. Por eso el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha presentado hoy una Proposición de Ley para derogar el artículo 71 y establecer así “una relación más igualitaria entre los creadores, autores, y las grandes discográficas”, según Irene Montero, portavoz de Unidos Podemos en el Congreso.
"Ahora más del 90% de los ingresos de cualquier autor son vía derechos de comunicación pública”, ha asegurado Eduardo Maura, portavoz de Cultura de Unidos Podemos, tras la presentación. Su propuesta considera que “una cantidad enorme de músicos” ha vivido durante décadas en “condiciones manifiestamente desiguales con respecto a otros autores, con el enorme perjuicio que ello conlleva para ellos y para sus herederos”. Solo unos pocos, según Unidos Podemos, han tenido los recursos suficientes para batallar en los tribunales y recuperar algunos de sus derechos.
“En virtud del artículo 71, el editor musical percibe hasta el 50% de todos los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública por la mera suscripción de un contrato de edición musical, adquiriendo como única obligación la de realizar una edición impresa de la partitura de la obra y la de registrar su contrato en la SGAE”, ha agregado Maura. Para el diputado tal vez la medida pudiera llegar a tener sentido en otra época, cuando “con las partituras se adquiría el derecho a interpretarlas públicamente”. Sin embargo, hoy en día comunicación pública define un abanico amplísimo de actividades y la reproducción musical también va mucho más allá de las actuaciones en directo. “Los editores musicales no trabajan directamente con las obras, no hacen programación o promoción musical, no buscan conciertos pero se llevan grandes cantidades”, ha defendido Maura.
La propuesta se coloca dentro de un debate más amplio sobre este ámbito en España. Porque el Congreso tiene que modificar este año la Ley de Propiedad Intelectual, que ya reformó el PP en solitario en 2014, para adaptarla a una directiva europea que liberaliza la gestión del derecho de autor. Hasta ahora, ocho entidades sin ánimo de lucro, entre ellas la SGAE, se encargan de la recaudación de los ingresos por el copyright. Pero la UE decidió abrir las puertas de este mercado también a compañías privadas, y con ánimo de lucro. Así tendrá que reflejarlo el ordenamiento jurídico español en los próximos meses. Si no, corre el riesgo de recibir una multa de Bruselas. A la UE tampoco le gustan las anomalías.
Babelia
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