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El Tribunal de la UE archiva el recurso contra la financiación de RTVE

Las operadoras de telecomunicaciones seguirán aportando una tasa a la televisión pública. La Comisión Europea dio marcha atrás en el litigio

Rosario G. Gómez
Sede de RTVE en Torrespaña.
Sede de RTVE en Torrespaña.

El modelo de financiación de la televisión pública, que obliga a las cadenas privadas y a los operadores de telecomunicaciones a ingresar una parte de su facturación en las arcas de RTVE, es legal y está avalado por Europa. El Tribunal de Justicia de la UE acordó el lunes archivar el recurso que hace dos años interpuso la Comisión Europea poniendo así fin a cuatro años de incertidumbre. Algunos dirigentes del PP habían augurado la vuelta de la publicidad a la televisión pública si la justicia tumbaba el modelo diseñado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2009 y no descartaban la posibilidad de poner en marcha un nuevo ajuste laboral en la corporación.

Ante las enormes probabilidades de perder el pleito, la Comisión Europea ha preferido darle carpetazo. El Tribunal de Luxemburgo tenía previsto dictar sentencia el próximo 12 de septiembre y todo hacía presagiar que sería a favor de RTVE, ya que el conflicto es calcado al de la televisión francesa. A finales de junio, el tribunal de la UE dio por buena la reforma que emprendió el Gobierno de Nicolas Sarkozy, que imponía a las telecos un canon del 0,9% de sus ingresos para financiar France Télévisions.

A la hora de abordar la reforma de RTVE, el Gobierno de Zapatero creó una tasa idéntica, aunque en el caso español solo están obligados a pagarla los operadores que prestan servicios audiovisuales. De hecho, Vodafone ha dejado de ofrecerlos para así eludir el pago a la televisión pública (alrededor de 30 millones de euros).

En conjunto, las empresas de telecomunicaciones liquidaron a RTVE el año pasado 155,8 millones, 63 millones menos en que en el ejercicio anterior. Además, las televisiones en abierto aportaron 44,7 millones (el 3% de sus ingresos) y las de pago, 16,8 (el 1,5% de la cifra de negocio). La Comisión entendía que este tipo de impuestos era incompatible con las normas de la UE toda vez que las tasas específicas a los operadores de telecomunicaciones deberían sufragar aspectos relacionados con su sector. En el caso francés, el tribunal europeo sostuvo que la tasa del 0,9% sobre la facturación está vinculada a la actividad de los operadores, que consiste en ofrecer servicios electrónicos a los usuarios finales. “Vistas las similitudes entre uno y otro modelo se ha entendido que la motivación de la sentencia para el caso francés es igualmente aplicable al español”, explicó ayer la corporación RTVE.

Pese a todo, las telecos seguirán esperando la sentencia del Tribunal Supremo por el recurso que interpuso Redtel, la entidad que agrupa a Telefónica, Vodafone, Orange y Ono, contra un tributo que consideran “desproporcionado, dañino e ilegal”. Y afirman que la medida es injusta porque no se han beneficiado de la supresión de la publicidad en TVE.

La mayor parte del pastel publicitario que liberó la televisión estatal (400 millones de euros) fue engullido por las privadas. Con el nuevo modelo de financiación, RTVE ha salido ganando. Recibe, además de la contribución de las telecos y la aportación de las televisiones, la tasa que el Ministerio de Industria cobra por el uso del espacio radioléctrico. Al final, la corporación obtiene con el modelo en vigor más dinero del que captaría en el menguante mercado publicitario.

En relación con las costas procesales, el auto dictado por la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de Europa, ha recordado que, con arreglo al Reglamento de Procedimiento, y dado que ninguna de las partes había solicitado la condena en costas, cada parte habría de cargar con sus propias costas. De tal modo, sigue el auto, "procede decidir que la Comisión y el Reino de España carguen con sus propias costas". Este mismo sistema de aplicó en los casos de Hungría y Francia.

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