El kafkiano 'caso Rubianes' del Tribunal Supremo
El alcalde de Salamanca, en principio demandante, solicitó hace 11 meses que se absolviera al conocido actor, por su fallecimiento hace más de un año
Que José Rubianes Alegret, al que popularmente se ha conocido durante décadas como el actor Pepe Rubianes, llamó en enero de 2006 al alcalde de Salamanca, Julián Lanzarote, del PP, "idiota" y "desgraciado" (en la web e-noticies.cat ) por su postura en el asunto de los papeles de Salamanca, dentro del contexto de la polémica suscitada por el montaje teatral Todos eran Lorca, dirigido por Rubianes, es cierto.
Que el alcalde ejerció su derecho e interpuso demanda sobre protección del derecho al honor en 2007, es cierto. Que el Juzgado de Primera instancia número 2 de Salamanca dictó sentencia en enero de 2007 desestimando la demanda y absolviendo a Rubianes, es cierto. Que Lanzarote presentó recurso de apelación contra dicha sentencia y en junio de 2007 la Audiencia Provincial de Salamanca decidió condenar a Rubianes porque dichas manifestaciones constituían una intromisión ilegítima en el derecho al honor, es cierto. Que Pepe Rubianes interpuso recurso de casación, admitido en abril de 2008, contra esa última sentencia apoyándose entre otros motivos, en el artículo 18.1 de la Constitución Español por vulneración de derecho a la libertad de expresión, es cierto. Que el alcalde salmantino presentó escritos de oposición, es cierto. Que Pepe Rubianes falleció el 2 de marzo de 2009, a consecuencia de un cáncer, es cierto. Que hace tres días se supo que el Tribunal Supremo confirmaba la condena impuesta al humorista Pepe Rubianes, por vulnerar el derecho al honor del alcalde de Salamanca, Julián Lanzarote, es cierto.
Pero también es cierto, sorprendente para unos, y disparatado y kafkiano para otros, que el Tribunal Supremo haya dictado esta condena a pesar de que el alcalde Julián Lanzarote el 31 de julio de 2009 envió un escrito al Tribunal Supremo, pasado por registro con el número M/R22.131 y entrada 145 y con acuse de recibo, por el cual el demandante "renuncia expresamente a la acción ejercitada en defensa de su derecho al honor" y suplica a la sala "se dicte sentencia absolviendo al demandado". Todo ello de conformidad con el art. 20.1 de la LEC, que dice: "Cuando el actor [el alcalde en este caso es el actor] manifieste su renuncia a la acción ejercitada o al derecho en que funde su pretensión, el tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado".
También es cierto que el recurso de casación de Rubianes no fue retirado por los herederos del actor, porque de hacerlo se ratificaba la condena al actor (el del teatro), aunque sus abogados sí mandaron el certificado de defunción que solicitó el Supremo en septiembre de 2009.
"En lugar de llevar a cabo dicha actuación, es decir, dictar sentencia absolutoria, el Tribunal Supremo lo que ha realizado es omitir toda referencia a dicha renuncia por parte del actor y dictar una sentencia en contra de la petición del propio demandante, que solicitaba una sentencia absolutoria, condenando a Pepe", comentaron esta mañana los abogados de José Rubianes y ahora de su hermana y heredera Carmen, quien en un escrito mandado a este periódico señala: "Me es imposible pasar por alto la coincidencia de los hechos causantes de la demanda por parte del alcalde de Salamanca, con el estreno del espectáculo Lorca eran todos, escrito y dirigido por mi hermano, motivo este por el que aprovecho la ocasión para expresar mi admiración y respeto a Federico García Lorca, Pepe Rubianes y a todos los muertos desconocidos que espero no sean sentenciados, y en especial a Antonio Machado, que como muy acertadamente escribió: "'Una de las dos Españas ha de helarte el corazón'. A mí también", apunta en el documento firmado por ella y su hija.
Por su parte, Carmen Rubianes dijo hace unas horas: "Manifiesto mi agradecimiento al Sr. Lanzarote Sastre, en lo que corresponde, por su ético proceder". El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al humorista Pepe Rubianes, que falleció el 1 de marzo de 2009, por vulnerar el derecho al honor del alcalde de Salamanca, Julián Lanzarote (PP). La condena fue dictada en 2007 por la Audiencia de Salamanca, que consideró probado que Rubianes había escrito en un portal de noticias sobre los papeles de Salamanca. En el artículo, Rubianes calificaba al alcalde de "idiota" y "desgraciado" por su postura, contraria a la salida de los papeles del Archivo de la Guerra Civil. Y añadía que esperaba que el edil se ahogara "en su propia mierda".
En primera instancia, se desestimó la demanda del alcalde. La sentencia fue revocada por la Audiencia de Salamanca y ahora ha sido ratificada por el Supremo.
Babelia
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