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El primer juicio en el que el mar Menor se persona como acusación particular está previsto para mayo de 2026

El Gobierno ha activado esta semana los órganos de representación de la laguna, aunque la batalla legal para hacer valer los nuevos derechos de este ecosistema ya ha empezado

Mar Menor
Cadena humana en defensa del mar Menor en una playa de este ecosistema murciano, en agosto de 2023.Europa Press News (Europa Press via Getty Images)
Clemente Álvarez

Ya hay fijado un juicio en España en el que se persona como acusación particular un ecosistema, el mar Menor. No está nada claro en qué quedará todo, pero la fecha prevista es mayo de 2026 y este litigio constituye una de las cuestiones clave de la aplicación de la ley de 2022 que dotó de derechos propios a esta laguna amenazada de Murcia. Pasados más de dos años desde que el mar Menor se convirtiera en el primer ecosistema de Europa con personalidad jurídica, gracias a una iniciativa legislativa popular (ILP) que consiguió más de 600.000 firmas, esta norma pionera avalada por el Tribunal Constitucional avanza por dos vías distintas. Por un lado, el Gobierno aprobó el martes el reglamento para activar los nuevos órganos de representación de este espacio natural. Por otro, ecologistas y abogados batallan ya desde hace tiempo en los tribunales para lograr representar al mar Menor como acusación particular.

La ley de 2022 prevé en su artículo 3 la constitución de tres órganos diferentes para actuar como tutores del espacio natural y vigilar su evolución —un comité de representantes, una comisión de seguimiento y un comité científico—, para los que ahora se ha regulado cómo deben designarse a los integrantes. Sin embargo, la norma también establece en su artículo 6 que cualquier persona está legitimada para defender este ecosistema ante la Administración o la justicia. Es en este segundo frente donde más se ha trabajado de momento y también donde se han producido las primeras derrotas, actuando de la mano organizaciones ambientalistas como Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife, Pacto por el Mar Menor y Alianza Mar Menor (Amarme), así como algunos ayuntamientos como Los Alcázares y Cartagena, en colaboración con juristas de la Universidad de Murcia, donde está Teresa Vicente, la profesora que impulsó esta norma pionera.

Como detalla Sergio Marco, uno de los abogados que está interviniendo en las primeras causas, el principal cambio que reivindican es que los defensores del mar Menor no solo puedan actuar como acusación popular, sino también como acusación particular, en representación del propio ecosistema. La diferencia resulta importante, pues mientras que la acusación popular es una persona, entidad o empresa que no tiene relación con los hechos denunciados, la acusación particular es ejercida por la propia víctima y por eso tiene más derechos. “La novedad que se produce en España, y en Europa, es que por primera vez un ecosistema ejercita en su propio nombre la acción penal, por entenderse que es titular de esos derechos el ecosistema, que tiene capacidad de acusación”, comenta este abogado. “Es como si fuese una empresa a la que han robado y contaminado, que denuncia y ejercita la acción”.

En la práctica, esto tiene un primer efecto muy concreto, pues no se puede llegar a un acuerdo para cerrar una causa si no está conforme la víctima. Igualmente, como incide Marco, “si en un proceso el fiscal decide no acusar, el juez está obligado a dar traslado de ello a la víctima del delito, por si quiere mantener la acusación”. Tras la aprobación de la ley de 2022, se han producido distintos ejemplos de esto con muy distinto resultado. Uno es el pacto alcanzado en 2024 entre la Fiscalía y un empresario agrícola en el primer juicio del caso Topillo, una macrocausa iniciada en 2017 contra una treintena de empresas del Campo de Cartagena por vertidos provocados por el uso de desalobradoras no autorizadas para obtener agua de riego. Tras este acuerdo, se cerró el proceso contra el acusado con una condena de un año y medio de prisión y el pago de 18.000 euros, una pena considerada muy baja por los grupos ecologistas. Según Marco, si el mar Menor hubiera estado personado como acusación particular, los representantes de la laguna habrían podido impedir este pacto.

La defensa del mar

En otras diligencias del caso Topillo, el juez Raúl Sánchez Conesa, del Juzgado de Instrucción Número 4 de Cartagena, sí invitó a pronunciarse a ecologistas, ayuntamientos y promotores de la ILP en defensa del mar Menor, en aplicación de la ley de 2022. En una de ellas, el abogado de la empresa agrícola Expracar había pedido el archivo del caso tras el fallecimiento del principal empresario que la llevaba. Los representantes de la laguna como acusación particular se opusieron a ello. Sin embargo, la Audiencia Nacional tumbó la resolución del juez y dictó que ecologistas y municipios solo podían intervenir como acusación popular.

“Nosotros pensamos que se equivoca porque esto es lo novedoso de la ley, si no el artículo 6 no sirve para nada, porque la acción popular, criminal o penal, ya existe en España desde 1800, pero ahora hay una figura que es el mar Menor, que puede defenderse a sí mismo, a través de cualquier persona″, comenta Eduardo Salazar, otro de los juristas involucrados, que explica que tras no prosperar sus recursos en el Tribunal Supremo y el Constitucional, decidieron acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

A la espera de que este se pronuncie, otra de las piezas del caso Topillo sobre las que preguntó el Juzgado de Instrucción 4 de Cartagena sí que ha derivado en un juicio en el que está personado el mar Menor como acusación particular para mayo de 2026. En esa ocasión, se trata de la causa contra la empresa agrícola Ecosarete por un vertido de 162.345 m³ provocado por el uso de desalobradoras. “Será la primera vez que el mar Menor va a un juicio como víctima y como acusador”, asegura Salazar. “Y digo víctima, simplemente, porque se ha pedido que la indemnización [estimada por los representantes de la laguna en 506.137 euros] no sea ni para el Estado ni para las ONG, sino para el mar Menor”, señala.

Está por ver en qué queda todo esto para conocer el verdadero alcance de una de las partes centrales de la ley de 2022, mientras se continúa con el proceso para constituir los órganos de representación de la laguna y se comprueba hasta dónde pueden llegar también. “Debemos esperar a que se resuelva la discusión jurídica sobre el artículo 6, pues no tenemos capacidad para seguir todos estos procesos”, comenta Pedro Luengo, coordinador de Ecologistas en Acción, que incide en el riesgo de que se judicialice en extremo la defensa de la laguna.

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Sobre la firma

Clemente Álvarez
Es el coordinador de la sección de Clima y Medio Ambiente de EL PAÍS y está especializado en información ambiental, cambio climático y energía. Ha trabajado para distintos medios en España y EE UU, como Univision, Soitu.es, la Huella en La2 de TVE... Fue también uno de los fundadores de la revista Ballena Blanca.
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