Forcadell pide revocar a cinco jueces del 1-O que negaron su inviolabilidad parlamentaria
Una sala especial del Suprem se reunirá en septiembre para resolver las peticiones
La expresidenta del Parlament Carme Forcadell ha pedido revocar a los cinco jueces del Tribunal Supremo que integran la sala que juzgará el 1-O por falta de imparcialidad, ya que admitieron la querella de la Fiscalía en su contra y rechazaron su apelación a la inviolabilidad parlamentaria. En un escrito, al que ha tenido acceso Efe, Forcadell plantea, al igual que varios de los procesados en la causa sobre el "procés", la recusación del presidente del tribunal enjuiciador, Manuel Marchena, y de los magistrados Andrés Martínez, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Antonio del Moral.
Una sala especial del Supremo, conocida como la Sala del 61, famosa por dictar la ilegalización de Batasuna, se reunirá en septiembre para resolver las peticiones de recusaciones de los jueces en la causa a la cúpula que impulsó el proceso unilateral a la independencia de Cataluña. La abogada de Forcadell, Olga Arderiu, remarca en el escrito de recusación que, a excepción del juez Del Moral, los otros cuatro magistrados integraron la sala que el 31 de octubre de 2017 admitió a trámite la querella de la Fiscalía contra Forcadell y otros miembros de la Mesa, en una causa a la que luego se añadieron el Govern y los entonces líderes de la ANC Jordi Sànchez y de Òmnium Cultural Jordi Cuixart, inicialmente investigados en la Audiencia Nacional.
"La mera posibilidad de considerar que los magistrados encargados de enjuiciar a mi representada hayan dado ya 'por supuestas' casi todas, muchas o algunas de las 'valoraciones fácticas y jurídicas' efectuadas por el Ministerio Fiscal en su querella implica necesariamente una objetiva apariencia de pérdida de imparcialidad", sostiene el recurso. Además, según la defensa, el hecho de que los jueces hayan rechazado la invocación por parte de Forcadell del principio de inviolabilidad parlamentaria, una de las cuestiones "más relevantes" de su estrategia de defensa, les impide poder "observar la imparcialidad objetiva y necesaria" respecto a los cinco magistrados.
Según el escrito de recusación, el pronunciamiento efectuado en el auto de admisión "conlleva una valoración" de los hechos acerca de su relevancia penal, que fue "mucho más allá" de un análisis de tipicidad, ya que "profundizó en la calificación jurídica de los mismos, cristalizando así el profundo análisis jurídico que de ellos efectuaron los magistrados". "No solamente efectuaron una valoración del juicio de tipicidad efectuado en la querella de la Fiscalía, sino que, aceptando el mismo en términos generales, incluso se introdujeron alternativas en dicha calificación, evidenciándose así una profunda valoración jurídico-penal de los hechos que posteriormente serán objeto del enjuiciamiento por ellos mismos", advierte el escrito.
Para la defensa de Forcadell, este hecho conlleva "necesariamente" por parte de los magistrados la "adopción de un prejuicio y una decisión ya adoptada acerca de la naturaleza de los hechos que serán en su día objeto del juicio". Además, según el escrito, el auto de admisión a trámite y otras resoluciones posteriores en las que también intervino Del Moral suponen un "pronunciamiento acerca de la apreciación y la no aplicación en el presente supuesto de la prerrogativa de la inviolabilidad parlamentaria" respecto de Forcadell y de los otros miembros de la Mesa procesados.
La abogada de Forcadell resalta que la inviolabilidad parlamentaria supone para el diputado una "falta absoluta de responsabilidad penal" por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones y "es un límite a la jurisdicción de carácter absoluto y que debía conllevar necesariamente la inadmisión a trámite de la querella". Forcadell alega además que los magistrados también formaron parte de la sala que juzgó al exconseller de Presidència y exdiputado del PDeCAT en el Congreso Francesc Homs por la consulta del 9N, en el que se le impuso una condena de inhabilitación por un delito de desobediencia grave por unos hecho que son "parcialmente coincidentes" con la causa por el 1-O.
Como otros de los procesados, Forcadell también argumenta en su escrito de recusación que los magistrados han mantenido una "constante y diaria" colaboración con el juez instructor, Pablo Llarena, y que las dos personas que han ocupado el cargo de Fiscal General del Estado durante la tramitación de la instrucción -José Manuel Maza, ya fallecido, y Julián Sánchez Melgar- ejercieron el cargo de magistrados en la misma sala que los jueces que enjuiciarán el 1-O.
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