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Una sentencia absuelve de prevaricación el exalcalde de O Porriño Nelson Santos

Descarta que el exregidor popular y el concejal José Manuel Jacobo firmasen contratos irregulares por 1,6 millones

Nelson Santos, en el centro, durante un acto oficial como alcalde.
Nelson Santos, en el centro, durante un acto oficial como alcalde.

El exalcalde de Porriño, el popular Nelson Santos, y el exconcejal y teniente de alcalde, José Manuel Jacobo, han sido absueltos del delito continuado de prevaricación administrativa, derivado de la contratación de servicios municipales entre 2010 a 2013 por importe de 1,6 millones de euros por el que fueron juzgados en marzo pasado.

La causa se enmarcó en una larga investigación denominada Operación Multiusos que derivó en otra pieza separada que ya fue archivada a petición de la Fiscalía de Pontevedra el pasado año y que hacía referencia a supuestas irregularidades en el contrato de servicios y de personal del Ayuntamiento.

Sobre el pago de 134 facturas de servicios prestados con reparos de intervención y la contratación de un ingeniero por las que se sentó en el banquillo Nelson Santos dice la sentencia que aunque las contrataciones, se hicieron al margen de la Ley de Contratos Públicos y no se siguió el procedimiento en ella establecido, los hechos están justificados y no apreció mala fe de los acusados.

Por esta imputación y tras la apertura de juicio, Nelson Santos había dimitido de su cargo como portavoz de la oposición. El Ministerio Fiscal solicitaba para ambos políticos populares la pena de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Santos también había formalizado su petición de baja como militante del Partido Popular ante la sede provincial, partido con el que concurrió a las elecciones en 2011 y obtuvo mayoría absoluta. El exalcalde había anunciado que renunciaría a sus cargos políticos y del partido si finalmente no prosperaban sus recursos ante la Audiencia de Pontevedra y acababa sentándose en el banquillo.

En la sentencia se indica que la mecánica de actuación era similar en todos los casos. Tras la presentación de una factura había un reparo del interventor al pago que luego revocaba el alcalde para hacerla efectiva. Las adjudicaciones censuradas por el departamento de intervención se refieren a varias empresas con las que se contrataron servicios de limpieza, recogida de residuos, actividades deportivas y de ocio, servicios eléctricos y de saneamiento.

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El fallo incide en que “existe una duda razonable ante la capacidad real de licitar todos los servicios municipales en un plazo de tiempo corto”. Así el juez expone que los acusados llegaron al Gobierno de O Porriño a través de una moción de censura, por lo que “no era posible cambiar la gestión municipal" y en concreto el departamento de negociado de contratación que para un Ayuntamiento como este de 18.000 habitantes solo disponía de una persona, que, además, no estaba cualificada para el puesto.

Por eso, concluye la sentencia que no era posible realizar todo el trámite administrativo ni tampoco la contratación de nuevas personas por la Ley de Presupuestos del Estado de 2011, año en que hubo elecciones municipales y que también contribuyeron a paralizar la gestión municipal, a criterio del juez.

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