Los músicos callejeros podrán tocar en 71 puntos del centro de la capital
El borrador de la nueva regulación fija horarios distintos en zonas residenciales y comerciales e incluye 11 plazas en áreas de alta contaminación acústica
Los músicos callejeros únicamente podrán tocar en 71 puntos del Distrito Centro de Madrid, incluidas 11 plazas ubicadas en áreas de alta contaminación acústica, como las del Dos de Mayo, Chueca o Santa Ana. Así lo dice el borrador de normativa que prepara la Junta de Distrito y que, aunque puede sufrir cambios durante el proceso de tramitación y debate, prevé que la música deberá acabar en las zonas residenciales a las 20.00 horas de domingo a viernes (las 21.00 en verano) y a las 22.00 los sábados (23.00 en verano). En las áreas más comerciales, el límite serán las 22.00 todos los días (las 23.00 en verano).
La regulación que aprobó en 2013 el anterior equipo de Gobierno municipal, del PP, establecía que los artistas tenían que pasar un examen práctico ante un jurado para poder tocar en la vía pública en el centro de Madrid. También fijaba una serie de restricciones; por ejemplo, que no podrían actuar en zonas catalogadas como de contaminación acústica alta. El actual Ayuntamiento, gobernado por Ahora Madrid, suspendió el pasado enero esa norma para redactar otra que promueva la música callejera, pero respetando “la calidad de vida de los vecinos”, según el borrador sobre el que ya trabaja la Junta Municipal del Distrito de Centro. Un encaje sin duda delicado en un distrito especialmente castigado por el ruido, sobre todo debido a la saturación de espacios de ocio, que fue declarado en 2012 Zona de Protección Acústica Especial.
De momento, la nueva propuesta elimina los polémicos exámenes para músicos, que tendrán que obtener, eso sí, una autorización mediante un trámite burocrático. Además, cambia el mapa de espacios prohibidos por otro que señala los únicos puntos en los que estarán autorizados a tocar. Serán un total de 71 tramos de calles y plazas y están divididos en tres categorías.
La primera señala 42 puntos en el mapa que la norma denomina de “uso terciario en las áreas acústicas de la ciudad”. Por ejemplo, se incluyen aquí los bulevares de los paseos del Prado y Recoletos, las plazas de Callao, Oriente, Jacinto Benavente o la Puerta del Sol. En este caso, las restricciones horarias serán las mismas que establecía la norma de 2013: de 10.00 a 15.00 horas y 17.00 a 22.00 (hasta las 23.00 en verano, del 15 de junio al 15 de septiembre).
La segunda categoría se ubica en “áreas de uso residencial”, y en ellas los artistas podrán actuar de domingo a viernes de 12.00 a 14.00 y de 18.00 a 20.00 (en verano, la franja de tarde será de 19.00 a 21.00). Los sábados, el horario se amplía: de 10.00 a 15.00 y de 17.00 a 22.00 (hasta las 23.00 en verano).
Bajo este epígrafe hay 28 espacios, 11 de los cuales están dentro de esas áreas de alta contaminación acústica vetadas en la anterior norma; al menos sobre el papel, pues durante todos estos años ha sido habitual en casi todas ellas la presencia de músicos. “Nunca se llegó a aplicar esa restricción”, asegura el concejal presidente de la Junta Municipal de Centro, Jorge García Castaño. Sea como sea, se trata de las plazas de San Andrés, del Ángel, Santa Ana, Matute, Dos de Mayo, Juan Puyol, San Ildefonso, Carlos Cambronero, Pedro Zerolo, Chueca y del Rey. Hay un tercer punto musical: toda la zona del Rastro en los días que haya mercadillo y durante el horario de este.
El borrador de la normativa parte de la base de que la “música callejera es un fenómeno extendido en el mundo como una valiosa aportación a la calidad de vida de las ciudades”, así que busca promoverla “bajo la premisa de que la música es cultura”. Por un lado, sostiene García Castaño, se restringirán enormemente los escenarios potenciales, pero también se aclararán las reglas —los músicos deberán llevar consigo la autorización con sus limitaciones—. Esto animará, en su opinión, a más profesionales a salir a las calles, mejorando la calidad y reduciendo esa otra aportación más cercana a la subsistencia y la mendicidad que “genera un importante rechazo vecinal”.
Zona de protección acústica
“Me parece una invasión, un allanamiento de morada”, se queja la escritora Laura Freixas, vecina de la plaza de Chueca desde hace una década. “Hablan del derecho al descanso, pero los vecinos también tenemos derecho al trabajo o a elegir lo que queremos escuchar y que no nos impongan ninguna música”, añade. Además, duda de que se vayan a cumplir las reglas: “Si tocaban cuando estaba prohibido, ¿van a respetar los horarios cuando esté permitido?”.
García Castaño recuerda que la Zona de Protección Acústica Especial siempre estará por encima del decreto sobre música callejera y en que el permiso para tocar no eximirá en ningún caso de cumplir con los límites establecidos de emisiones (entre 30 y 50 decibelios, según la hora del día y el uso de la zona). En todo caso, añade que quedan cosas por definir: “Aún tenemos que hablar con mucha gente, le falta la parte técnico-jurídica y muchas cosas pueden cambiar”, explica el concejal. Y entre las cosas pendientes de perfilar, admite que los puntos clave serán el régimen sancionador y las medidas de control que se pongan en marcha. De momento, el borrador solo dice en este sentido que las sanciones llegarán a partir de la segunda infracción.
Además, el desarrollo de la norma tendrá en cuenta los resultados de las mediciones que el Consistorio está tomando en estos momentos para actualizar el mapa del ruido del distrito centro: “En muchos puntos la situación ha mejorado, pero en otras no”. Estos resultados pueden variar el mapa de los músicos callejeros en Centro, cuya regulación espera tener lista la Junta de Distrito a finales de año.
Percusión y amplificación si lo autoriza Medio Ambiente
Los músicos callejeros que quieran actuar en el centro de Madrid deberán respetar, además de los horarios, otras restricciones muy parecidas a las que establecía la normativa de 2013. Cada intérprete o grupo no podrá actuar más de dos horas diarias en cada área ni podrá hacerlo a menos de 75 metros de otro músico. Además, no podrá tapar los accesos a las viviendas, los locales y las salidas de emergencia, y deberá dejar un espacio mínimo de tránsito y hasta las terrazas de tres metros. En ningún caso podrán tocar a menos de 150 metros de residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias o centros docentes en horas lectivas.
Se podrá autorizar el uso de “elementos de percusión, amplificación o reproducción sonora” si da el visto bueno la dirección general del área de gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, pero nunca se podrán superar los límites de emisión de sonido fijados en la normativa contra el ruido.
En cuanto a la percusión, solo podrá utilizarse como “base rítmica y acompañamiento” de un grupo, a excepción de “la denominada percusión reciclada e instrumentos de bajo nivel sonoro, con interpretación solista”. Los amplificadores deberán ser de pequeño tamaño y funcionar con pilas o batería interna.
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