La Guerra de los tapices irá al Constitucional
El Tribunal Supremo ratificó en febrero que las obras de arte pasaran a manos de la Iglesia
La Fundación Santa Rita de Casia irá al Tribunal Constitucional para evitar que 23 tapices flamencos del siglo XVII que recibieron en donación en 1869 pasen al Arzobispado. El juzgado de primera instancia número 38 de Madrid ordenó el pasado mes de septiembre la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, que falló a favor del Arzobispado de Madrid en el pleito que sostenía contra la asociación Santa Rita de Casia por la propiedad de las obras de arte.
"Tenemos que estar arropados por los tribunales civiles y las leyes civiles españolas, que hasta ahora no nos han protegido. No deben dar por válido el decreto canónico y tienen que aceptar la adaptación al siglo XXI de nuestra asociación”, mantiene la presidenta de la asociación Rosa Barranco.
Todo empezó en 2000 cuando Barranco, dado “el lamentable estado en el que se encontraban los tapices”, decidió solicitar ayuda al Ministerio de Cultura para repararlos. La presidenta sostiene que desde el Ministerio le aconsejaron que los incluyera en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, acción que conllevaba que creasen una fundación. En 2002, los tapices se empezaron a reparar.
Ese mismo año, la entidad firmó un convenio con la Real Fábrica de Tapices -lugar donde están almacenadas las piezas desde 1903- por el que este organismo público podía arrendar las obras de arte para financiar su mantenimiento y restauración a cambio de 3.549 euros. “Las subvenciones que hemos recibido nunca han pasado a través de Santa Rita, sino que siempre han ido directamente a la Real Fábrica de Tapices, así nos evitamos que malinterpreten que nos quedamos con el dinero”, detalla Barranco.
En mayo de 2004, el cardenal Rouco, tras conocer la constitución de la Fundación Santa Rita de Casia y el contrato con la Fundación Real Fábrica de Tapices, para los que el Arzobispado no había sido consultado, decidió, por decreto canónico, disolver la Asociación Privada de Fieles, título que había sido otorgado a la asociación por la reina Isabel II en 1856, junto al de doble carácter civil. El cardenal también declaró nulos los actos de disposición de bienes hechos por la Fundación Santa Rita de Casia. La razón fue la siguiente: "El riesgo de pérdida de los bienes eclesiásticos, el daño grave ocasionado a la disciplina eclesiástica y al bien común".
Para evitar esta resolución, Barranco inició un proceso que se prolongó durante cuatro años y terminó en el Tribunal de la Signatura Apostólica en Roma. “Sabíamos que perderíamos porque Rouco pertenece a este tribunal, pero no podíamos tolerar que disolviese nuestra asociación”, explica la presidenta. Según Barranco, el Arzobispado intentó aplicar esta sentencia que es de un tribunal Vaticano en un tribunal civil español, “pero perdieron porque no hay relaciones entre el Vaticano y España”.
A finales de 2009, el Arzobispado decidió demandar a la asociación por la vía civil. “Buscaban dar por válido el decreto canónico promovido por Rouco y anular la adaptación de los estatutos de la asociación de 1856 a la nueva ley de asociaciones del siglo XIX”, afirma la presidenta. Según Barranco, el Arzobispado aprovechó esta oportunidad para alegar que eran dos asociaciones diferentes y anular los estatutos. “Cuando se constituyó la fundación, la asociación no podía llevar el mismo nombre, ya que existe una igual en Canarias. Por eso se llamó Asociación Civil Santa Rita de Casia-Madrid 1834. Es una adaptación legal amparada por el Ministerio del Interior, pero sigue siendo la misma que la creada en el siglo XIX para ayudar a los desamparados”, relata Barranco.
La preocupación de la presidenta, después de que el Supremo le haya dado la razón al Arzobispado, es que esta sentencia siente jurisprudencia y la Iglesia pueda hacerse con la propiedad de bienes que no le pertenecen. “Con la última sentencia, en la que un tribunal civil da la razón a un decreto canónico no se protegen los derechos de los españoles. Tendremos que recurrir al Constitucional”, añade
Barranco defiende que los tapices, incluidos en el Inventario General de Bienes de la Comunidad de Madrid, pertenecen a todos los madrileños “que son quienes con sus impuestos pagan la restauración y la conservación de los mismos”. Según Barranco, en caso de desaparecer la asociación, lo más apropiado es que estos tapices siguiesen siendo de los madrileños y de los españoles, como patrimonio histórico y no de la iglesia.
La donante fue una mujer maltratada por su marido
Los tapices fueron legados a la Asociación de Santa Rita de Casia por Victoria Oliva en 1869, una mujer que pertenecía a la alta burguesía y que tenía un negocio de alquiler de tapices, lámparas de araña y sillas. Al morir sin herederos, 23 tapices y 40 lámparas de araña, las últimas perdidas desde 1903, pasaron a la asociación.
Oliva deja en su testamento constancia de que era una mujer maltratada por su marido. De ahí su voluntad de legarle su herencia a esta asociación, cuya santa fue también una mujer maltratada, según reconoce la propia iglesia. Entre los tapices se encuentran cinco Rubens, y tras su restauración podrían ascender a 10 millones de euros.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.