La Administración no tiene que pagar fianzas de acusados por corrupción
Dos altos cargos habían pedido que el seguro de su empresa la abonase y la juez lo rechaza
Los seguros contratados por una Administración o una empresa pública no tienen que pagar las fianzas que se imponen a los directivos de las mismas. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha rechazado la petición de dos ex directores de la empresa de medio ambiente de la Generalitat, Vaersa, que habían solicitado que la aseguradora respondiera ante la imposición de sendas fianzas de 500.000 y 50.000 euros. La decisión judicial puede tener consecuencias para otros implicados en casos de corrupción.
La instructora basa su decisión en que a los dos antiguos jefes de Vaersa Felipe Espinosa y Enrique Simó se les atribuye malversación de caudales públicos y prevaricación. Y que ambos son delitos dolosos, esto es, cometidos con la "voluntad deliberada" de llevarlos a cabo y "a sabiendas de la ilicitud" de sus acciones.
Simó, Espinosa y otros exdirigentes de Vaersa —como la presidenta de la Confederación Hidrográfica del Júcar, María Ángeles Ureña— están imputados por haberse asignado sobresueldos, haber pagado importes millonarios a un abogado sin que existiera contrato que amparase la relación y por presuntas irregularidades en la contratación de todoterrenos.
Espinosa, a quien la juez le impuso una fianza de medio millón de euros para cubrir las responsabilidades civiles a las que puede ser condenado, y Simó (50.000 euros de fianza) habían solicitado que fuera Mapfre quien las asumiera, al tener suscrito un seguro de responsabilidad civil con la empresa pública, cuyo nombre completo es Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos Sociedad Anónima.
La magistrada cita el artículo 19 de la Ley de Contrato de Seguro, que establece: "El asegurador estará obligado al pago de la prestación, salvo en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe del asegurado".
Extrapolable a otros casos
La decisión, contra la que cabe recurso, puede tener relevancia para otros casos de supuesta corrupción. Entre algunos antiguos responsables de la Administración y de empresas públicas valencianas existía la opinión de que las responsabilidades civiles a las que fueran condenados serían asumidas por los seguros, reduciéndose de ese modo el castigo, en caso de condena, a las penas de prisión que pudieran dictarse.
La magistrada admite que según la jurisprudencia del Tribunal Supremo los seguros de responsabilidad civil sí que están obligados, en general, a pagar aunque haya existido "mala praxis profesional negligente o voluntaria". "El asegurador responde en todo caso frente al perjudicado", aunque con el derecho de exigir más tarde que el autor de los hechos le pague el importe. El objetivo de ello es garantizar que el posible afectado cobre sin depender de la "solvencia del responsable".
"El seguro de responsabilidad civil ofrece no solo una garantía sino un reforzamiento de la profesión ejercida, que aparece ante el público como segura y fiable", ha precisado el alto tribunal. El aseguramiento juega de ese modo como una protección de los afectados externos.
Pero "en las relaciones internas y contractuales con el asegurado no juega esa universalidad", matiza la juez de acuerdo con la jurisprudencia del Supremo. En estos casos, "la responsabilidad nacida de un hecho intencionado ha de repercutir finalmente en el asegurado".
Según la Fiscalía, Espinosa y Simó cobraron entre ambos cerca de 100.000 euros de forma irregular de la empresa pública justificándolos como complementos de productividad. Entre los años 2007 y 2011, los ex directores de Vaersa repartieron 1,9 millones de euros por este concepto entre los directivos de la empresa pública sin contar presuntamente con la autorización de la Generalitat ni seguir el procedimiento legalmente previsto para abonarlos.
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