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El TSJC avala la promesa del cargo de Puigdemont sin acatar la Constitución

Rechaza la denuncia de Unión Cívica Española al entender que el presidente no tenía "obligación legal" de hacerlo

Puigdemont, en su toma de posesión.
Puigdemont, en su toma de posesión.Albert Garcia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado la fórmula con que prometieron su cargo el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los consejeros del Ejecutivo catalán, al entender que no tenían "obligación legal" de acatar la Constitución ni el Estatuto en su toma de posesión.

En un acta, el TSJC ha acordado no admitir a trámite la denuncia presentada por Unión Cívica Española-Partido miedo Paz, Reconciliación y Progreso de España contra Puigdemont, los consejeros, el secretario general de Gobierno, Joan Vidal, y la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, por la fórmula que utilizaron cuando asumieron sus cargos.

El acta sostiene que la fórmula con la cual los miembros del Govern prometieron cumplir sus funciones, que eludió acatar la Constitución y expresar lealtad al Rey, "no tiene relevancia a efectos penales", dado que en la normativa no consta "regulación específica" sobre este asunto.

Puigdemont asumió su cargo el pasado 12 de enero ante Carme Forcadell, prometiendo "fidelidad a la voluntad del pueblo de Cataluña representada por el Parlament ", sin ninguna alusión a la Constitución Española ni al Rey. Dos días después, fueron los consejeros los que prometieron cumplir las obligaciones de su cargo "de acuerdo con la ley", "al servicio de Cataluña" y con "lealtad al presidente de la Generalitat".

La denuncia de Unión Cívica, inicialmente presentada en los juzgados de Zaragoza, pero que acabó en manso del TSJC al afectar aforados, acusaba de los delitos de prevaricación y desacato a la autoridad a los miembros del Govern y a la presidenta del Parlament para aceptar su fórmula de prometida del cargo.

La sentencia sostiene que ni el Estatuto de Autonomía ni el Reglamento del Parlamento "regulan o contemplan el uso o no de ninguna fórmula concreta de juramento o prometida", por eso esta cuestión "queda dentro del ámbito exclusivo de la actividad parlamentaria". Es más, recalca el acta del TSJC, esta normativa, así como la Ley de Presidencia de la Generalitat y del Govern, no establece "ni siquiera" que los miembros del Ejecutivo catalán, al ser nombrados, "tengan que jurar o prometer sus cargos ni, por lo tanto, tengan que utilizar ninguna fórmula de juramento o prometida".

El tribunal precisa además, que, en el supuesto de que hubiera algún "defecto" en la fórmula de prometida empleada por los miembros del Govern, "esto sólo podría afectar a la validez del acto en si, pero nunca daría lugar a la configuración de un ilícito penal".

También el TSJC ha decidido no admitir a trámite otra denuncia por falsedad documental e intrusismo profesional que presentó la misma asociación contra Puigdemont para hacer constar en su currículum oficial que es filólogo y periodista, cuando su máxima graduación es la de bachiller y no tiene licenciatura. La denuncia incluía un fragmento de la biografía de Puigdemont que publica la página web del Govern de la Generalitat y que sostiene que el presidente de la Generalitat "cursó estudios en Filología Catalana en el colegio universitario de Girona" y "desarrolló su carrera periodística especialmente a El Punt, donde llegó a ser redactor jefe".

El TSJC hace suyos los argumentos de la Fiscalía, que se opuso a la admisión de la denuncia, y razona que la web de la Generalitat no ha sido redactada por Puigdemont y que, además, en la misma no se afirma que obtuviera la licenciatura de Filología Catalana, sino que "cursó estudios de Filología Catalana", sin precisar que los acabara.

"Puede admitirse que induce o puede inducir a confusión a los lectores de la página web, e incluso que la mencionada confusión pueda tener un propósito interesado, pero el cierto es que en ningún momento se afirma que el denunciado sea Licenciado en Filología Catalana", recuerda el acta, reproduciendo así un argumento de la Fiscalía.

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