El fiscal pide condenar por falsedad documental a dos exalcaldes de Ciempozuelos
El representante del ministerio fiscal considera probado que ambos inventaron un contrato para abrir una cuenta en Suiza
La fiscalía ha pedido este miércoles al Tribunal Supremo que condene a los exalcaldes socialistas de Ciempozuelos Pedro Torrejón y Joaquín Tejeiro por falsedad en documento mercantil, dado que considera probado que inventaron un contrato para abrir una cuenta bancaria en Suiza. El Supremo ha celebrado hoy la vista pública de los recursos que la fiscalía y el PP presentaron contra la sentencia absolutoria que la Audiencia de Madrid decidió en favor de Torrejón y Tejeiro por delitos vinculados al urbanismo.
Mientras que las defensas han pedido que se confirme la absolución, el PP ha ido más allá del recurso del fiscal y ha pedido al tribunal que anule la sentencia de la Audiencia y se dicte otra que condene a los dos exalcaldes socialistas por diversos delitos. El fiscal ha argumentado que, aunque en el juicio contra los dos antiguos regidores acusó por blanqueo, cohecho y falsedad en documento mercantil, ahora solo considera probados, tras un juicio que resultó en absolución, los hechos que pueden llevar a una condena por falsedad en documento mercantil.
El representante del ministerio público ha recordado al tribunal que la relación literal de los hechos probados de la sentencia de la Audiencia entran dentro de ese delito de falsedad documental, y se ha referido a un contrato falso que se envió en abril de 2006, desde el fax del domicilio de Torrejón, como parte de los trámites para abrir una cuenta en Suiza. Aquel contrato, ha dicho el fiscal y ha reafirmado el representante de la acusación ejercida por el PP, "fue pura invención y una falsificación realizada entre los dos imputados".
El abogado que acusa en nombre del PP ha pedido la nulidad por arbitrariedad de la sentencia de la Audiencia Provincial, una sentencia que, ha dicho, "descalifica a todos, incluido el magistrado instructor y las acusaciones, sin fundamentar adecuadamente un fallo absolutorio a pesar de que los hechos probados sólo podían conducir a la condena" por los diferentes delitos de los que se acusaba a los exalcaldes.
La Audiencia absolvió a los dos exalcaldes de diversos delitos relacionados con la corrupción urbanística. En su sentencia los magistrados que firmaron la absolución criticaron la investigación del caso por parte del juez instructor y señalaron que la acusación ejercida por la organización Manos Limpias era "técnicamente incorrecta", aunque reconocieron que existían indicios de delito que no habían sido probados.
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