Protección de datos respalda que se filtraran las facturas de Rita Barberá
La exalcaldesa denunció a Ribó por publicar gastos que incluían 700 euros por una noche de hotel o 7.000 euros en vuelos y coche con chófer en Londres
Filtrar facturas de gastos en comidas, viajes y regalos de cargos públicos pagados con fondos de una Administración es legal. La Agencia de Protección de Datos ha respaldado la publicación de 466 facturas de "gastos de representación" de la entonces alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, realizada en abril por el actual regidor de la ciudad, Joan Ribó.
Las facturas incluían pagos desde 2011. Entre ellos, noches de hotel en Madrid por 500 euros y de 771 en Florencia. O los 7.223 euros gastados en billetes de avión para dos personas y alquiler de coche con chófer en Londres en un viaje que tuvo por objeto asistir a un partido de fútbol y cenar con el patrón de la Fórmula 1 Bernie Ecclestone.
La publicación fue denunciada por el Ayuntamiento de Valencia, que gobernaba el PP, a la Agencia de Protección de Datos. El organismo responde ahora al Consistorio que la difusión no infringió la Ley Orgánica de Protección de Datos. Y ello porque los gastos, colgados en la web RitalLeaks creada por Compromís, fueron realizados por personas que ostentaban "cargos de relevancia" y fueron abonados con fondos del "presupuesto municipal".
Al contrario, la respuesta suscrita por la directora de la Agencia, Mar España, razona que el propio Ayuntamiento debió dar publicidad a ese tipo de gastos en el marco de la Ley de Transparencia. La norma, señala el organismo, "impone una obligación de transparencia en la información pública que afecta a todas las Administraciones y que se proyecta de especial forma en la gestión económica como la que contiene el documento difundido".
La Agencia señala que los datos fueron acompañados por documentación que los acreditaba. Y enmarca la publicación en "un ejercicio de información y expresión política encaminada a crear una opinión y un criterio político". Una práctica que la Constitución Española encomienda a los partidos políticos en su artículo número seis, recuerda.
Tampoco supone infracción para la Agencia el hecho de que la información procediese de archivos del Ayuntamiento obtenidos por Ribó en virtud de su condición de concejal. "La jurisprudencia del Tribunal Supremo ante la revelación datos de interés público contenidos en expedientes administrativos ha establecido la preeminencia del derecho a la información sobre el derecho a la protección de datos", expone.
El organismo sí recomienda que "una vez que la información devenga en obsoleta debería evitarse la inclusión de datos de terceros", como funcionarios o proveedores, "para limitar su divulgación incondicionada e ilimitada a través de la Red".
Pero no ve problema en que en su momento se publicaran datos de funcionarios y empresas proveedoras, al considerar que estos aparecen "de forma meramente accesoria y testimonial", sin que se les atribuyera un "comportamiento reprochable". Y "en todo caso", prosigue la resolución, "los puestos de trabajo que son objeto de cobertura por personal funcionario en el Ayuntamiento de Valencia cuentan con un carácter público y, por tanto, dichos datos han sido objeto de publicidad en fuentes de acceso público".
La decisión del organismo es recurrible ante la Agencia o la Audiencia Nacional. Pero el promotor de la denuncia fue el Ayuntamiento y el actual equipo de gobierno no se plantea, obviamente, hacerlo. El organismo subraya, por otra parte, que si alguien considera afectado su "derecho al honor o a la intimidad" por la publicación de las facturas pueden acudir a los tribunales, al "escapar" dicho examen de las competencias de la Agencia.
Ribó ha mantenido este viernes que la contestación de la Agencia de Protección de Datos debería llevar a los populares a "retractarse públicamente de la denuncia". Y ha destacado que el Ayuntamiento publica ahora los datos de gastos de representación y de uso del vehículo oficial por parte del alcalde.
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