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Anulan parte del plan valenciano de residuos por la quema de basuras

El TSJ valenciano considera que el PIR no especifica lo suficiente la ubicación de las plantas o los criterios para su instalación

Cristina Vázquez
Una vista de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Una vista de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos.PEPE OLIVARES

El Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (PIRCV), que aprobó el Consell en 2013, con el PP todavía en el Palau de la Generalitat, deberá precisar mucho mejor los criterios a qué se refiere el plan cuando habla de la valorización de residuos porque incluye métodos tan agresivos como las incineración de basura, ha resuelto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano en una sentencia.

La Sección Primera del Contensioso falla un recurso presentado por el Ayuntamiento de Cox contra el PIRCV por la invasión de competencias municipales de la Generalitat en lo que se refiere a la calificación y uso de los suelos. El Consistorio alicantino, donde había prevista una planta con fuerte contestación social, entendió que el plan era excesivamente ambigüo a la hora de determinar la ubicación de las plantas de tratamiento de basuras o los criterios para su instalación.

"Se hace necesario proceder a la implantación de plantas de valorización energética de ámbito suprazonal, estratégicamente ubicadas....", dice uno de los incisos del artículo 17.3 del PIR, donde se alude a valorización energética de los residuos urbanos -y ahí dentro se incluyen las plantas incineradoras de basura-, objetivo central del plan redactado por el PP y que cosechó un gran rechazo entre ecologistas y vecinos.

El tribunal insiste en que, dada la amplia cantidad de conceptos que entran dentro de la valorización energética de residuos, "los criterios que señala el precepto son manifiestamente insuficientes, de manera que en función de lo dicho, se anula el último inciso, no por lo que dice sino por lo que le falta, ya que debe precisarse, con mucha más exactitud, cuáles son las operaciones de valorización que asume el plan y cuáles serán los criterios para su localización", recoge la sentencia.

Y otro elemento esencial: el TSJ confirma que las comunidades autónomas son las que elaboran los planes autonómicos de gestión de residuos, previa consulta con las entidades locales, que no pueden vetar su localización.

El secretario autonómico de Medio Ambiente de la Generalitat, Julià Álvaro, ha valorado positivamente el fallo. "El tribunal lo que ha hecho es desmontar la apuesta del PP por la incineración de basuras. Para nosotros significa un refuerzo a nuestra política, basada en el reciclaje de residuos y no en la construcción de grandes incineradoras", ha dicho el alto cargo.

Para Álvaro, la anulación del segundo inciso del precepto 17.3 del PIR es un golpe a la línea de flotación del plan redactado por el PP, "orientado prácticamente a la incineración".

El nuevo Consell, formado por la coalición PSPV y Compromís, remozará el Plan Integral de Residuos para darle más preponderancia a la reutilización de los residuos urbanos.

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Sobre la firma

Cristina Vázquez
Periodista del diario EL PAÍS en la Comunitat Valenciana. Se ha ocupado a lo largo de su carrera profesional de la cobertura de información económica, política y local y el grueso de su trayectoria está ligada a EL PAÍS. Antes trabajó en la Agencia Efe y ha colaborado con otros medios de comunicación como RNE o la televisión valenciana À Punt.

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