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Costas avala la concesión de Ence en Pontevedra y avanza hacia su prórroga

El Gobierno concluye que la empresa se saltó los términos de su permiso para operar en el litoral pero lo considera regularizable

Los habitantes de viviendas en zona de protección del dominio público marítimo terrestre que viven en régimen de concesión saben que tienen que andarse con mucho ojo a la hora de hacer obras. Cualquier trabajo que la Administración de Costas entienda que no es necesario puede ser objeto de la piqueta. Lo tienen bien presente los vecinos de la Isla de Ons o los de varios barrios costeros de Marín cuyas casas estaban hace bien poco a efectos jurídicos en el dominio público. Con las industrias contaminantes se supone que la severidad es tanta o más, pero la Dirección General de Costas acaba de cambiar de doctrina respecto a la situación de la fábrica de Ence en Pontevedra, cuya concesión ha avalado en un resolución de su titular, Raquel Orts, que desbloquea la solicitud de una prórroga hasta 2093.

Costas ha sido alérgica a tratar la situación de la concesión de la fábrica de Ence, que empezó a funcionar en la década de los 60 y debería cambiar de emplazamiento en 2018, según determinaba la Ley de Costas hasta que el PP la modificó hace dos años. La modesta ONG Salvemos de Pontevedra tuvo que llegar al Supremo para que el Alto Tribunal mandase a la Administración que tramitase un expediente de caducidad sobre el que había permanecido silente durante una década. El trámite comenzó a finales del año pasado, cuando la empresa ya pedía la prórroga aprovechando el cambio legal que la facilita, una solicitud que quedó en suspenso en tanto no quedase claro si la concesión se había incumplido o no. Tras alegaciones varias por parte de la Xunta –ya abiertamente favorable a la permanencia del complejo, tras ocho año de medias tintas- el Ayuntamiento y varias ONG, Costas ha concluido que efectivamente la empresa se ha saltado los términos de la concesión, pero que no es para tanto, y que en todo caso, se puede arreglar.

Entre las múltiples causas que alegaban las partes y que la Administración despacha sin despeinarse está la existencia de una moderna y lucrativa planta de cogeneración de energía eléctrica con biomasa, no prevista en el permiso original, pero que Costas entiende ahora cubierta por los planos de la fábrica de 1963 y otro de 1971 en que “aparece reflejada la Central Térmica”. Respecto a unas balsas de decantación que la empresa declaró hace una década que ya no necesitaba y cuyos terrenos el Ayuntamiento lleva una década queriendo recuperar, siquiera parcialmente, Costas acepta sin más unas manifestaciones de un representante de la empresa en una visita de sus técnicos el pasado de febrero al recinto, según las cuales les siguen viniendo bien “en el caso de que ocurriese alguna eventualidad que pudiera afectar al correcto funcionamiento” de una planta de vertidos.

Cuando la empresa se privatizó tampoco se siguieron los cauces de transmisión de la concesión en el registro de la propiedad, pero Costas entiende ahora que tampoco pasa nada, que con la privatización se sobreentendía que también se transmitía la concesión, y aporta la imaginativa interpretación de que la norma original se refería al “disfrute de la concesión” como actividad principal, y “es evidente” que el Estado tiene otras actividades más importantes. La resolución, considera, además, que las alegaciones tanto de Salvemos Pontevedra como de la Asociación pola Defensa da Ría entraron fuera de plazo, por lo que solo se extiende sobre las que considera oportuno. En todo lo que tiene que ver con los incumplimientos ambientales, señala que la cuestión es competencia de la Xunta, y que como la fábrica tiene autorización ambiental autonómica, no le corresponde pronunciarse.

El texto entiende que sí hay instalaciones que la concesión no puede avalar, como la depuradora de Praceres y el emisario submarino a donde llegan los vertidos de la comarca, levantados en terrenos de la concesión original, sin permiso. Así que revoca la concesión en lo que les afecta, pero acto seguido da tres meses para que la Xunta solicite otra concesión. Un comedor también levantado sin permiso se considera legalizable. Lo único que habrá que quitar, según la resolución, es un campo de fútbol, pero solo cuando haya otras instalaciones disponibles para los usuarios. Para respaldar su postura respecto a la caducidad parcial, el informe cita cinco dictámenes del Consejo de Estado y una sentencia del Supremo, “doctrina consolidada” a su entender, que en realidad se refiere a supuestos en que el Estado sí recuperó terrenos de concesiones –que en algún caso se remontan al siglo XIX- sobre marismas desecadas que el mar recuperó por desatención de los responsables, una fábrica de harinas y almacenes en puertos, uno de ellos recuperado por impago de tasas. Al mismo tiempo, considera que el mismo Consejo de Estado no tiene que pronunciarse sobre el caso concreto de Ence porque la empresa no lo pide.

La resolución de Costas es recurrible pero no impide que se desbloquee el proceso de solicitud de prórroga, que el Gobierno puede resolver antes de que acabe la legislatura. El Ayuntamiento de Pontevedra señaló, a través de la concejala de Urbanismo Carme da Silva, que seguirá “luchando con todos los recursos, tanto legales como sociales” para evitar la prórroga. El portavoz de Salvemos Pontevedra, Francisco Díaz, tachó la resolución de “esperpento” y “tomadura de pelo al poder judicial” y anunció igualmente un recurso. La empresa todavía está estudiando el documento, según indica un portavoz. Ante un informe preliminar de junio destacó la “gran contundencia argumental” de la Administración.

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