Competencia cuestiona el impuesto catalán sobre los despegues de aviones
El regulador pone en duda la racionalidad del tributo pactado por CiU y ERC
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cuestiona la creación del tributo creado el año pasado por la Generalitat que grava los despegues y aterrizajes de aviones en los aeropuertos catalanes. El informe elaborado por el regulador sostiene que, de forma general, cualquier introducción de un nuevo impuesto "distorsiona la competencia efectiva" entre empresas, pero sobre el impuesto autonómico en particular pone en duda también la "racionalidad del diseño efectuado".
CiU y ERC pactaron el impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera y el Ejecutivo de Artur Mas lo aprobó el año pasado dentro de un paquete de tributación medioambiental. El tributo grava las emisiones de óxido de nitrógeno con tres euros por kilo generado por regla general y la estimación de ingresos alcanza los 3,8 millones de euros.
En todo caso, a la CNMC no le convence que el impuesto, como pretende, pueda servir para reducir la contaminación y, en cambio, sí que puede tener un impacto "en la calidad y la cantidad" del servicio e "incrementar su precio o generar una brecha entre el precio que pagan los usuarios y el que perciben los operadores"
Entre los puntos para cuestionar la "racionalidad" del tributo, el informe subraya que el tributo solo gravará las operaciones de aeronaves con pasajeros y, en cambio, quedará sin efecto sobre las operaciones de mercancías. Asimismo, la Generalitat diseñó el impuesto con la intención de que quedaran fuera de su aplicación los vuelos extracomunitarios, con lo que el aeropuerto de El Prat, el principal afectado por la medida, podría continuar en la carrera de captar vuelos transcontinentales.
El informe también señala que las aerolíneas "más asentadas" en un aeropuerto se verían "claramente beneficiadas en términos relativos", ya que la normativa autonómica señala que solo se gravarán las primeras 20.000 operaciones anuales por compañía y aeropuerto. Al gravar solo al transporte aéreo, la CNMC considera que la aplicación del tributo "podría estar dirigiendo parte de la demanda hacia medios de transporte alternativos, los cuales podrían resultar marginalmente más baratos".
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