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El Santander deberá devolver 50.000 euros a una anciana de Girona

Es la primera victoria de un denunciante por la venta de Valores Santander de todo el Estado

El Banco Santander tendrá que devolver 50.000 euros a una vecina de Blanes de 74 años que en 2007 compró Valores Santader. La sentencia del juzgado de primera Instancia e instrucción número 4 de Blanes considera probado que “no recibió la información suficiente como para comprender los elementos esenciales del producto que estaba contratando así como de los concretos riesgos asociados”. La demanda ganada por la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (APDEF) en la provincia de Girona es la primera victoria contra Banco Santander SA por la venta de Valores Santander de todo el Estado.

La demandante compró este producto financiero en forma de bonos los cinco primeros años que se transformaban obligatoriamente en acciones en octubre de 2007, cuando la entidad los emitió para captar 7.000 millones de euros y sufragar así la compra del banco holandés ABN Amro. Se calcula que en todo el estado hay 129.000 personas afectadas por la compra de estos títulos, que después de producirse la fusión entre ambos bancos (Santander y ABN Amro) fueron canjeados obligatoriamente por acciones del nuevo banco, por menos de la mitad de su valor de compra de 12’96 a 5’19 euros.

Una vez presentada la demanda, el juez la ha estimado íntegramente porqué considera que “no consta que la entidad bancaria realizase ninguna valoración de la conveniencia o idoneidad del producto contratado con el perfil e intereses de la demandante”. Además, resalta la “complejidad” de la naturaleza del producto contratado, “en la medida en que el resultado de la inversión dependía del éxito de la OPA realizada”, una cuestión que, según el juez, “parece ajena a la comprensión de la actora”.

La sentencia afirma que Banco Santander SA “no cumplió con los deberes de información previa que le correspondían, así como tampoco con el deber de ofrecer al cliente un producto adecuado al perfil, necesidades e interés propio del mismo”. Por el contrario, según la prueba practicada, se desprende que “la información dada a la demandante fue escasa y confusa, impidiendo así que la ahora demandante pudiese formarse una idea cabal y completa de las ventajas y riesgos que conllevaba la contratación del producto”.

Mantiene la resolución que la demandante, sin conocimientos financieros previos, no recibió la información suficiente como para “comprender los elementos esenciales del producto que estaba contratando así como de los concretos riesgos asociados al mismo, dando lugar a una representación mental equivocada sobre el objeto del contrato”. Para el juez, tratándose de un cliente minorista, correspondía a la entidad bancaria “suministrarle la información necesaria de forma comprensible y adecuada”.

Por todo ello, concluye que ha quedado acreditado “la existencia de un vicio en el consentimiento prestado, de carácter invalidante del mismo, que debe dar lugar a la estimación de la demanda y a la declaración de nulidad de los contratos litigiosos”.

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Así, la sentencia condena a la entidad a restituir la cantidad de 50.000 euros invertida por la demandante, incrementada con el interés legal correspondiente desde la fecha en que dicha cantidad fue entregada por la demandada. Determina que de esta cantidad deberán ser descontados los intereses derivados de los Valores Santander y los beneficios derivados de las acciones percibidas a cambio, de acuerdo con el certificado aportado por la demandada en el acto del juicio. Asimismo, la demandante deberá devolver a la demandada las 3.858 acciones de Banco Santander, S.A. que le fueron entregados en su momento, por menos de la mitad del valor que había invertido.

La abogada de la afectada y responsable de la APDEF en Girona, Marta Montada, considera que sentencias como esta “deben animar a los cientos de clientes de Banco Santander que han perdido sus ahorros a reclamar”, y más, teniendo en cuenta que “la mayoría son personas mayores que tenían sus ahorros y confianza depositados en la entidad”. Actualmente en Girona están tramitando dos reclamaciones más para estos títulos y se está esperando sentencia de otro caso que ya ha sido juzgado.

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