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El Gobierno recurre al TC la ley catalana de horarios comerciales

Empresa convocará a los agentes sociales para plantear una respuesta política y jurídica

Tienda en la calle Argenteria, en Barcelona.
Tienda en la calle Argenteria, en Barcelona. Gianluca Battista

El Consejo de Ministros ha acordado interponer un recurso de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la ley catalana de horarios comerciales, por establecer un régimen más restrictivo para la libertad comercial que el contemplado en la normativa básica estatal. El consejero de Empresa y Empleo, Felip Puig, convocará de urgencia a las organizaciones patronales y sindicales del comercio para plantear una respuesta política y jurídica al recurso.

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En un comunicado, la Generalitat considera que esta nueva ofensiva legal "forma parte de la voluntad del Gobierno central de uniformizar el comercio de todo el Estado siguiendo el modelo de la Comunidad de Madrid". Recuerda que el Gobierno central ha decidido recurrir la ley de horarios comerciales por considerar que vulnera la normativa estatal, que ha sido impugnada por el Ejecutivo hace meses ante el Tribunal Constitucional porque invade competencias de la Generalitat y actualmente está pendiente de pronunciamiento por parte del alto tribunal.

El departamento que lidera Felip Puig ha señalado que en el segundo semestre de este año ha intentado llegar a un entendimiento con el Gobierno central en materia de horarios comerciales, pero que se ha encontrado con el "inmovilismo" del Ejecutivo estatal ante sus propuestas.

El Gobierno, que cuenta con informe favorable del Consejo de Estado, solicita al alto tribunal que suspenda la aplicación de la norma mientras resuelve el recurso. Según ha explicado hoy, la Generalitat tiene la competencia para dictar la normativa autonómica relativa a horarios comerciales y para la ordenación de su comercio interior, pero sin contravenir la normativa básica que dicta el Estado. Hay dos normas nacionales en vigor, la ley de horarios comerciales y la de ordenación del comercio minorista y, según el Gobierno, la regulación de la Generalitat establece un régimen más restrictivo.

El horario semanal máximo de apertura comercial que establece la Generalitat, de 72 horas, contraviene la regulación estatal que establece que dicha limitación tiene que ser como mínimo de 90. Por otra parte, la ley catalana dispone la exclusión del horario comercial general de los establecimientos comerciales de venta personalizada o en régimen de autoservicio, siempre que la superficie de exposición y venta de éstos no supere los 150 metros cuadrados, una norma que "va contra lo establecido por la legislación básica, que define los establecimientos que gozarán de plena libertad horaria a los que tengan una superficie inferior a 300 metros cuadrados", argumenta el Gobierno.

Los criterios para la consideración de municipio turístico que establece la normativa autonómica, continúa, "no cumplen los mínimos que reconoce la normativa básica sobre zonas de gran afluencia turística", y los períodos estacionales para la venta en rebajas que dispone la Generalitat "tampoco respetan la regulación básica, que establece la libertad de los comerciantes para determinar tanto los periodos en los que se efectuará la venta en rebajas, como su duración".

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