El Supremo ratifica la absolución del acusado del crimen del Pagasarri
El Tribunal revoca el fallo del Superior Vasco que determinó que debía repetirse el juicio
El Tribunal Supremo (TS) ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que pedía repetir el juicio por el crimen del joven Néstor Gándara, aparecido muerto con signos de violencia en 1996 en el monte Pagasarri, en Bilbao, de manera que queda absuelto el principal acusado de este asesinato. En una sentencia hecha pública hoy, el Supremo hace firme la resolución del tribunal del jurado de diciembre de 2013 que absolvía al considerado por la fiscalía como autor material del crimen, Iñaki A.A.
En abril de este año, la Sala Civil y Penal del Alto Tribunal vasco había acordado devolver la causa a la Audiencia Provincial de Bizkaia para la nueva constitución del tribunal del jurado y la celebración de un nuevo juicio oral.
Según el Supremo, en esa resolución "el Tribunal Superior de Justicia superó los límites que corresponden a su función al anular la sentencia del Tribunal del Jurado, por lo que vulneró el derecho del acusado a un proceso con todas las garantías, lo que conduce a la estimación del motivo, casando y anulando la sentencia de apelación y dejando subsistente y firme la sentencia dictada por el Tribunal del jurado".
El jurado popular declaró a Iñaki A.A. no culpable del asesinato del joven Néstor Gándara, al entender que no había pruebas que acreditaran la presencia del acusado en el momento en que la víctima fue asesinada a golpes. El acusado se enfrentaba a una petición de pena de 20 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía.
Los policías que investigaron la muerte de Néstor Gándara explicaron en el juicio lo difícil que resultó encontrar a personas que hablaran sobre ese crimen "por el miedo que había reinante" en torno a los supuestos asesinos del joven que estaban considerados como "gente muy peligrosa".
Las investigación estuvo parada hasta el año 2010, cuando una expareja del presunto asesino decidió delatarle para acabar así con las amenazas y el chantaje de Iñaki A.A. La mujer dijo ante el jurado que una noche al acusado llegó a casa con la ropa ensangrentada y aseguró haber matado a un hombre que le debía dinero, en referencia a Gándara.
Ella trató de alertar a emergencias del crimen y pero su novio le amenazó de muerte para que no lo contara, le ató y le mantuvo secuestrada tres días. Esta mujer, junto a otra novia del acusado, contaron que Iñaki A.A. traficaba con droga y que la víctima era un toxicómano a quién solía vender esas sustancias. La defensa del acusado proclamó su inocencia alegando la falta de credibilidad de ambas testigos protegidas.
El TSJPV reprochó al jurado "carencia de lógica y racionalidad" en la interpretación de las pruebas del caso para llegar a considerar al acusado no culpable y ordenó repetir el juicio. Ahora, el Supremo ha reprochado al Alto tribunal vasco su resolución y ha valorado que el tribunal del jurado por unanimidad acordara la absolución tras haber "apreciado contradicciones en las manifestaciones de las testigos de cargo", las dos mujeres que habían delatado a Iñaki A.A.
El TS ha recordado que "la acusación como autor de un delito de asesinato solamente se sostenía en la declaración de dos testigos de referencia que, como ya se ha dicho, declaraban desde el año 2010 respecto de hechos ocurridos en el año 1996" y confirma la absolución de Iñaki A.A..
Al inicio del juicio en la Audiencia de Bizkaia había otros dos acusados de haber actuado como cooperadores necesarios del crimen, si bien se retiraron las acusaciones contra ellos.
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