El PP no impedirá presidir la Cámara de Comercio a empresarios imputados
La nueva ley regional posibilita que Arturo Fernández siga al frente cuatro años más
El Gobierno regional, que preside Ignacio González (PP), ha aprobado un proyecto de ley para la Cámara de Comercio de Madrid que va más allá del desarrollo de la norma estatal aprobada en abril, y enmienda o incorpora disposiciones para ampliar las funciones del organismo empresarial y para reforzar su control económico.
El texto legal, al que ha tenido acceso EL PAÍS, permite a la Cámara conceder préstamos, contra el criterio de la Abogacía General, que recuerda en un informe adjunto a la norma que esta función está reservada a bancos, cajas de ahorros y entidades crediticias. Además, la Comunidad devuelve a la Cámara la posibilidad de organizar cursos de formación, una función que la norma estatal suprimió en abril y que sí estaba recogida en la ley anterior.
El proyecto normativo, remitido para su aprobación a la Asamblea regional, no recoge restricción alguna para que un empresario imputado, como lo está el actual presidente, Arturo Fernández, pueda dirigir la Cámara. Tanto Fernández como su número dos, Miguel Corsini, están implicados además en el escándalo de las tarjetas opacas de Caja Madrid.
Además, la Comunidad, que tutela por ley a la Cámara, se quiso reservar en un principio el derecho a disolverla si incurría en pérdidas significativas, pero la Abogacía obligó a limitar la intervención a la remoción de su cúpula.
Cuotas voluntarias. La Cámara es una corporación de derecho público que representa los intereses de las empresas y de la que están obligadas todas ellas a formar parte. La principal novedad de la ley estatal fue confirmar la decisión, adoptada a raíz de la crisis, de que las empresas no deban abonar una cuota por esta pertenencia obligatoria. Así, la Cámara está obligada ahora a financiarse con aportaciones voluntarias (que dan derecho a un tratamiento especial) y, fundamentalmente, mediante la prestación de servicios de pago a los empresarios.
Los órganos de gobierno de la Cámara son el pleno, el comité ejecutivo y, en la cúspide, el presidente. El pleno lo formarán, según la nueva norma, 40 vocales elegidos democráticamente entre todos sus miembros “en atención a la representatividad de los distintos sectores económicos”; 10 vocales seleccionados entre personas “de reconocido prestigio en la vida económica”; y otros 10 seleccionados por la Comunidad entre las empresas que más dinero aporten a la Cámara.
Distorsión democrática. La Comunidad quiso dividir el censo electoral para elegir a los órganos de gobierno no sólo según el tipo de actividad económica de cada empresa, como prevé la norma estatal, sino también en función de cuáles aportaban dinero a la Cámara y cuáles no. Eso, en opinión de la Abogacía General, “distorsionaba” el proceso democrático y podía discriminar a firmas de sectores de gran peso en la economía por el hecho de no abonar cuotas. La Comunidad eliminó pues esa distinción del texto de la norma. Mantuvo sin embargo, contra el criterio jurídico, el requisito de ejercer la actividad empresarial durante dos años en la región para formar parte de los órganos de gobierno. La Abogacía objetó que eso discrimina a los empresarios del resto del país.
Vía libre a Fernández. Para ser candidato a presidente es preciso “no estar incurso en ninguna causa legal que impida dicha condición”, requisito que ya venía recogido en la ley estatal. En todo caso, la interpretación que la Comunidad hace de lo que significa “estar incurso en una causa legal” permitirá a Fernández optar a presidir de nuevo la Cámara si así lo desea. “El concepto actual de imputado es equiparable al de ser investigado, lo que no impide el ejercicio de los derechos civiles reconocidos legalmente”, aseguran fuentes regionales. Es decir, estar imputado no significa, para el PP, estar incurso en una causa legal.
Fernández está imputado por la Audiencia Nacional como presunto autor de delitos de falsedad, maquinación, apropiación indebida y administración desleal. Lo está —como otras 32 personas— como exconsejero de Caja Madrid, donde representaba los intereses de la patronal madrileña, que también preside.
Fernández seguirá al frente de la Cámara (la preside desde 2010) hasta la celebración de elecciones, el año que viene, y dirigirá el proceso bajo la nueva norma. El mandato del nuevo presidente será de cuatro años y sólo podrá ser reelegido una vez consecutiva.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal que prepara el Gobierno, según dijo el exministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón (PP), prevé que los políticos imputados puedan ser candidatos. El portavoz del PP en el Congreso, Alfonso Alonso, ha pedido sin embargo “sensatez” para que no se presente a imputados a las elecciones.
Cursos de formación. La ley estatal permite a la Cámara “colaborar en los programas de formación establecidos por centros docentes públicos o privados”. La norma regional añade a eso la función de “impartir formación profesional (…) para apoyar la calidad del empleo”. La Abogacía General no puso objeción alguna porque así estaba previsto ya en la ley de 1999, y, sobre todo, porque la norma estatal permite a la Comunidad ampliar si lo desea las funciones de la Cámara.
La aprobación de la ley estatal, en abril, se produjo en pleno escándalo por el presunto fraude de millones de euros de dinero público en una trama de falsos cursos de formación en Madrid. Por ello fue detenido Alfonso Tezanos, exdirigente de la patronal madrileña cercano a Fernández.
La dudosa legalidad de conceder créditos y préstamos
La Cámara de Comercio de Madrid aprobó en junio una línea de financiación de 50 millones de crédito para avalar a empresarios con condiciones "muy preferentes". Así lo había adelantado unos meses antes su presidente, Arturo Fernández, que desveló sus planes en plena campaña para ser reelegido al frente de la patronal madrileña (ganó las elecciones, en marzo, aunque tras el escándalo de las tarjetas opacas ha desvelado que podría dejar el puesto en unos meses).
El proyecto de ley elaborado por el Gobierno regional habilita a la Cámara, tal y como deseaba Fernández, para “promover o facilitar el acceso a la financiación de los autónomos y empresas mediante la concesión de créditos, avales o préstamos que provengan tanto de recursos propios como de recursos públicos o privados”. La Abogacía General obligó sin embargo a recalcar en la norma que la actividad financiera está reservada por la legislación estatal a bancos, cajas y cooperativas de crédito.
Fuentes del Gobierno regional han reconocido que las labores de la Cámara sólo podrán ser de “intermediación”, pese a que el texto legal remitido a la Asamblea sigue reconociéndole expresamente la potestad para conceder créditos o préstamos.
La Comunidad también modificó por indicación de la Abogacía General su intención de reservarse el derecho a disolver la Cámara y a liquidar su patrimonio en caso de inviabilidad económica. En concreto, se fijó esta medida en caso de acumular tres ejercicios con pérdidas superiores al 10% de los beneficios de años anteriores y de su fondo de reserva.
El informe jurídico indicó sin embargo que eso rebasaba el marco competencial de la Comunidad, “que se limita al desarrollo de la normativa estatal”.
Finalmente, la norma remitida a la Asamblea contempla que, si se dan las citadas condiciones económicas, la Comunidad podrá suspender a los órganos de gobierno de la Cámara. Podrá hacerlo también si las pérdidas de un solo ejercicio alcanzan el 50% de los beneficios anteriores y del fondo de reserva. Prevé entonces crear una comisión gestora.
Si la situación no se endereza en un plazo por determinar, tras la suspensión vendrá la convocatoria de elecciones. Sólo si estas no fueran posibles, se liquidaría la Cámara y su patrimonio.
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