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TSJPV multa con 5.001 euros a Adif por ocupar la antigua sede de EITB

La sentencia anula un fallo de un juzgado de Bilbao que dejó sin efecto una sanción municipal de 224.999 euros

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha multado con 5.001 euros al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) por haber desatendido en 2011 un requerimiento del Ayuntamiento de Iurreta para que suspendiera la ocupación de las antiguas instalaciones de EiTB que usaba para las obras del Tren de Alta Velocidad en la zona.

La sentencia estima parcialmente un recurso del Ayuntamiento de Iurreta y anula el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Bilbao, que en 2013 dejó sin efecto una multa de 224.999 euros impuesta inicialmente por este Consistorio a esta entidad.

La sanción de 224.999 euros le fue impuesta en noviembre de 2011 por este Ayuntamiento, gobernado por el PNV, después de que Adif, que llevaba a cabo en este municipio las obras de construcción del Tren de Alta Velocidad (TAV), no facilitara la realización de una inspección municipal para conocer si ejecutaba "actividades privadas" en la antigua sede de EITB.

La Institución local consideró que, con esta actuación, Adif incurría en una "infracción muy grave" de la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

Al estimar el recurso presentado por Adif, el juez de primera instancia consideró que la actividad de esta entidad era "pública y de interés general" y se centraba en la construcción del TAV, por lo que no había realizado "actividades privadas" en la antigua sede de EITB, como planteaba el Ayuntamiento.

Adif había alegado, por su parte, que la ocupación de estas instalaciones se destinaba de forma exclusiva a las obras del TAV y había sido previamente autorizada tras un convenio firmado con la Diputación foral de Bizkaia. En su sentencia, el TSJPV rechaza que Adif cometiera una infracción "muy grave", pero estima que incurrió en una falta "grave", al no haber atendido al requerimiento de suspensión de usos del inmueble dictado por la Alcaldía de Iurreta en un decreto que constituyó "una resolución firme" al no haber sido recurrida.

Dentro de las sanciones establecidas para las infracciones graves, que oscilan entre los 5.001 y los 50.000 euros, el tribunal ha impuesto a Adif la mínima, al tener en cuenta "la naturaleza" de esta entidad y el convenio que había firmado con la Diputación foral para la ocupación de la antigua sede de EITB, entre otras circunstancias.

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