Los consejeros discrepantes critican que la ley plantee un “referéndum encubierto”
Cuatro de los nueve miembros emitieron un voto particular

Cuatro de los nueve miembros del Consejo de Garantías Estatutarias han emitido un voto particular para oponerse a las conclusiones de los otros cinco. Los consejeros discrepantes concluyen que la ley de consultas vulnera tanto la Constitución como el Estatuto de Autonomía. Y, aunque con matices, coinciden en su argumentación: la ley plantea la celebración de un “referéndum”, pero “encubierto” con el nombre de “consulta popular no refrendaria”. Al tratarse de un referéndum, concluyen, invade competencias del Estado.
El vicepresidente del Consejo, Pere Jover, nombrado a propuesta del PSC, cree que la consulta “tiene las características sustanciales de un referéndum” y ve “irrelevantes y artificiosos” los argumentos de la mayoría. Jover cree que la ley abarca materias tan dispares que “tanto podrían incluir la construcción de una línea de transporte público como la constitución de Cataluña como Estado independiente”.
En la misma línea argumenta su voto de Eliseo Aja (PSC): la consulta “es materialmente un referéndum, aunque se disimule bajo otra denominación” y ofrezca “menos garantías”, ya que no usa el censo y modifica el cuerpo electoral —permite votar a los mayores de 16 años—. Esa falta de garantías “facilita el fraude y pierde legitimidad”. La ley, reprocha, busca “un atajo para llegar al mismo objetivo que el referéndum sin requerir la autorización estatal”.
Marc Carrillo, propuesto por ICV, alaba el “meritorio esfuerzo” por dotar a la consulta de “rasgos característicos” que la diferencien del referéndum, pero concluye que la ley vulnera la Constitución y que esta no permite una consulta sobre materias reservadas al Estado.
Carles Jaume Fernández, designado por el PP, también habla de “referéndum encubierto” y apostilla que la ley se pretende aprobar “por encima de todo para llevar a cabo la consulta del 9 de noviembre”. Considera además “sorprendente” que reconozca el derecho a participar de los catalanes en el extranjero, pero no de los que viven en el resto de España.
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