Pena de 20 meses de cárcel a un policía que disparó a su sobrino
Los jueces le reducen la condena por homicidio intentado al aplicarle las atenuantes de arrebato y de reparación del daño causado
Eugenio Santos-García Carrascosa, de 58 años y policía nacional ya jubilado, ha sido condenado por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Madrid a una condena de un año y ocho meses de prisión. Los magistrados le consideran autor de un homicidio intentado al disparar en febrero de 2010 un balazo contra su sobrino, Sergio Santos-García, durante una discusión en la casa de la madre del culpable, en Aranjuez. El agente, que entonces estaba en activo y utilizó el arma reglamentaria, tendrá que pagar 37.446 euros de indemnización a su familiar, además de las costas judiciales. Contra el fallo cabe recurso.
Los jueces consideran probado que Eugenio Santos-García llegó a casa de su madre, en el camino de Noblejas número 73 de Aranjuez, a las siete de la tarde del 9 de febrero de 2010. En la casa ya se encontraba su sobrino, con el que se llevaba muy mal. El policía le espetó que ya estaba “en la pensión de la tonta”, en referencia a su madre, y le recriminó que fuera a su casa cada vez que necesitara dinero. Se inició entonces una discusión, que se incrementó cuando Sergio le lanzó una patada al policía sin alcanzarle y tirando la mesa del salón. El agente cogió su arma reglamentaria, una HK del calibre 9 milímetros parabellum, y le descerrajó un tiro “con ánimo de matar”, según el fallo.
378 días para curarse
El proyectil le entró por la parte posterior izquierda del cuerpo y siguió una trayectoria ascendente afectando a órganos vitales. Salió por el hemitórax derecho cerca de la axila. La bala rompió el cristal de una vitrina del salón. La víctima tardó 378 días en curarse, de los que 180 estuvo postrado en una cama.
Los magistrados consideran que el policía tuvo la intención de matar a su sobrino: “De no mediar la oportuna intervención quirúrgica reparadora hubiere fallecido por shock hemorrágico”. “El accionamiento del disparador de la pistola lo es de modo voluntario por el procesado”, añade el fallo.
Los jueces aprecian la atenuante de arrebato u obcecación, ya que existía “un estado previo anterior y consolidado de fuerte tensión entre el acusado y el lesionado”. También le rebajan la pena por la atenuante de reparación del daño. Fue el propio policía el que avisó al teléfono de emergencias 112. El policía ya estuvo en prisión provisional entre el 10 de febrero y el 26 de julio de 2010.
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