El Superior lleva al Constitucional un artículo de la reforma laboral
El contrato indefinido de apoyo a los emprendedores establece un periodo de pruebas de un año, cuando el Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de seis meses

El Tribunal Superior vasco ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional sobre el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, creado por la última reforma laboral, que establece un periodo de pruebas de un año, cuando el Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de seis meses.
El auto de la Sala de lo Social del Superior, que preside la magistrada Garbiñe Biurrun, plantea esta cuestión respecto a un despido durante el periodo de prueba de una trabajadora contratada bajo esa modalidad. En concreto, se refiere a un recurso presentado por una trabajadora despedida en aplicación de esa normativa tras ocho meses en su puesto.
En primera instancia, un juzgado de lo Social de Bilbao dio la razón a la empresa al considerar que estaba amparada por la ley y, por tanto, no constituía un despido, sino “un desistimiento empresarial durante el período de prueba”.
La Sala de lo Social “aprecia dificultades” y tiene “dudas” sobre la constitucionalidad de dicho artículo, por lo que plantear elevar la cuestión al Constitucional para que decida si vulnera el principio de igualdad ante la ley, el derecho al trabajo, a la negociación colectiva y a la tutela judicial efectiva, y podría caer en una arbitrariedad de los poderes públicos.
La decisión, que tuvo el visto bueno de la fiscalía, cuenta con un voto particular del magistrado Florentino Eguaras, quien está conforme con los fundamentos del auto, pero considera que no es necesario acudir al Constitucional porque “existe una normativa comunitaria de aplicación directa” que evita estos casos.
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