La juez ordena el ingreso en prisión del extorero José Ortega Cano
La decisión del juzgado es recurrible ante la Audiencia Provincial de Sevilla
El ingreso en prisión del extorero José Ortega Cano parece que solo es cuestión de días. Aunque aún no se sabe de cuántos. La juez que lo condenó a dos años y medio de cárcel por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlos Parra ha rechazado su petición de que se aplazara el encarcelamiento mientras se tramita el indulto solicitado a finales del año pasado. La decisión del juzgado es recurrible ante la Audiencia Provincial de Sevilla y el abogado del exdiestro, Jesús Zapatero, ha anunciado que aprovechará esa situación. “En principio, recurriremos. Aún tenemos cinco días para estudiarlo. Pero sí, seguramente, se recurrirá”, reitera. En el auto, la magistrada no precisa la fecha para cumplir la entrada en prisión. Según fuentes del caso, existe la posibilidad de que el juzgado requiera a Ortega Cano su ingreso inmediato, aunque puede ser que espere uno o dos meses hasta que la Audiencia Provincial se pronuncie.
Según la resolución, la juez de lo Penal 6 de Sevilla accede a la petición de la fiscalía y de la acusación particular, ya que no concurre ninguna de las causas previstas en la ley para suspender la medida. “No se considera que concluya ninguna circunstancia excepcional ni extraordinaria para la concesión de esta suspensión”, dice el auto. La magistrada asegura que, con su petición, Ortega Cano solo intenta dilatar el procedimiento. Respecto a los motivos de salud alegados por el extorero —quien fue intervenido de corazón en diciembre del año pasado—, la juez asegura que los servicios médicos de Instituciones Penitenciarias “velan por la salud de toda la población reclusa”.
Además, señala que, en el caso de que ingrese en prisión y el Gobierno decida en unos meses darle el indulto —concesión que la magistrada califica como “ilusoria”—, solo habrá cumplido una parte mínima de la pena. La juez recuerda en la resolución emitida que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Ortega Cano por tres delitos: homicidio imprudente, conducción temeraria y contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas. El extorero siempre ha negado que hubiera bebido esa noche, pese a que el análisis del Instituto Nacional de Toxicología arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.
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