_
_
_
_
_

El Supremo avala la integración de Egmasa en la agencia de Medio Ambiente

Esta es la cuarta ocasión en la que el alto tribunal respalda la reordenación del sector público

Manifestación de empleados de la Junta contra la reordenación del sector público en enero de 2011.
Manifestación de empleados de la Junta contra la reordenación del sector público en enero de 2011. JULIÁN ROJAS

El Tribunal Supremo avala la integración de los trabajadores de la Empresa de Gestión Medioambiental de Andalucía S. A. (Egmasa) en la nueva Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía. En una sentencia difundida este lunes, los jueces de la sala de lo contencioso administrativo estiman el recurso de casación planteado por la Junta contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que consideró que la decisión de la Agencia de Medio Ambiente respecto a Egmasa vulneraba derechos fundamentales.

Esta es la cuarta ocasión en la que el Supremo dictamina a favor de la reordenación del sector público andaluz. En las anteriores ocasiones, respaldó los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la Agencia Andaluza del Conocimiento y la Agencia del Servicio Andaluz de Empleo. Esta vez, los jueces estiman el recurso planteado por la Junta contra la sentencia del TSJA y rechazan el interpuesto por el sindicato CSIF contra el decreto de la Junta por el que se aprobaron los estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.

La integración de los trabajadores de Egmasa en la Agencia de Medio Ambiente no supone, según el Supremo, “un acceso al empleo público que merezca ser calificado de gratuito, ilegal o injustificadamente discriminatorio”. La condición laboral de los trabajadores de Egmasa se mantiene dentro de la nueva Agencia porque “quienes eran empleados de una sociedad de titularidad pública siguen siéndolo ahora en la Agencia”, precisa la sentencia del Supremo.

Además, como consecuencia de esa integración, recuerdan los jueces, el personal de Egmasa no pasa a formar parte de la función pública ni del personal laboral de la Administración General de la Junta. El Supremo anula la sentencia del TSJA porque descarta las “lesiones al principio de igualdad y al derecho de los actores a acceder y permanecer, promocionándose profesionalmente, en el empleo público”.

Fuentes del sindicato CSIF señalaron que acatan la sentencia, pero mantuvieron su demanda de que el personal de estas agencias tengan un convenio colectivo diferenciado y separado de los convenios de funcionarios y de personal laboral del Gobierno andaluz.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_