Andoni Aldekoa pasa a ser director delegado del gabinete del alcalde
Una sentencia del Tribunal Constitucional obligó a que renunciará a su cargo de edil no electo
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Bilbao ha nombrado a Andoni Aldekoa director delegado del gabinete del alcalde, Iñaki Azkuna, después de verse obligado a dejar de ser miembro del pleno municipal en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que impide que haya ediles no electos.
Aldekoa tenía desde el comienzo de esta legislatura el cargo de consejero delegado y participaba en los plenos como integrante de la corporación, aunque no votaba. El fallo del TC que considera nulos e inconstitucionales todos los nombramientos de concejales no electos en las urnas ha obligado a Azkuna a atribuirle otro cargo para que pueda seguir siendo su mano derecha en el consistorio.
Como director delegado del gabinete, "dejará de asistir al pleno municipal, aunque seguirá participando regularmente en las reuniones de la Junta de Gobierno", integrada únicamente por el PNV, que gobierna con mayoría absoluta, según informa el ayuntamiento en una nota. Tras dejar "sin efecto" el cargo de consejero delegado, Aldekoa continuará en la vicepresidencia de la agencia municipal de promoción económica Bilbao Ekintza, cuya presidencia nata recae en el alcalde, añade el comunicado.
Aldekoa, nacido en Orozko (Bizkaia) en 1969, se convirtió en el hombre de confianza de Azkuna en junio de 2003 cuando fue designado director de Alcaldía. Periodista de profesión, Aldekoa ha sido responsable de la campaña de Azkuna en las tres últimas elecciones municipales y en la actual legislatura, ha sido el responsable de la planificación política y de la comunicación del ayuntamiento. El caso de Aldekoa es el único afectado en la corporación bilbaína por la resolución del TC. En San Sebastian afecta a dos concejales, encargados de las áreas de Hacienda y Cultura, Jabi Vitoria y Nerea Txapartegi, respectivamente.
La sentencia, dictada a finales del pasado mes de abril, considera inconstitucional y nulo el artículo de la Ley Reguladora de la Bases de Régimen Local de 1985 que establecía que el alcalde podía nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no tuvieran la condición de concejales, siempre que su número no superase un tercio de sus miembros, excluido el regidor.
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