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Un juez condena a CatalunyaCaixa a devolver 27.000 euros por las preferentes

La caja no acreditó "que el cliente fuera informado de manera comprensible", según la sentencia

La titular del juzgado de Primera Instancia número 1 de Reus ha condenado a CatalunyaCaixa a devolver 27.000 euros a una anciana, Rosalía V., que junto a su marido, ya fallecido, compró un paquete de participaciones preferentes en 2006. Se trata de la primera sentencia conocida en la demarcación de Tarragona en la que una entidad bancaria debe anular la orden de compra de las preferentes y devolver todo el importe, informa hoy "Diari de Tarragona".

En el fallo se estima que por la avanzada edad de la pareja, de unos 80 años cuando compró las participaciones, y su cualificación profesional, la entidad tendría que haber informado de forma clara y advertir "sobre los riesgos concretos de estos productos", máxime teniendo en cuenta que los dos ancianos "carecían de conocimientos financieros". El caso se remonta a hace ocho años, cuando Rosalía y su marido compraron 27 títulos de participaciones preferentes de la entonces Caixa Catalunya por un valor nominal de 1.000 euros cada uno.

Al fallecer el marido, la viuda y su hija se personaron en CatalunyaCaixa para disponer del dinero, lo que no les fue posible porque las preferentes carecían entonces de liquidez, y decidieron presentar una demanda contra la entidad. Según los familiares de la pareja de ancianos, estos tenían un desconocimiento absoluto del mundo financiero y pensaban que tenían el dinero en una libreta de ahorros y no invertido en unas participaciones.

La demanda se basaba en que el producto financiero, considerado de alto riesgo, se vendió a los ancianos como un producto de carácter conservador, con lo que "se infringió la normativa del mercado de valores". Según la sentencia, CatalunyaCaixa "no ha acreditado que el cliente fuera informado de manera directa y comprensible de las auténticas características de la operación contratada, proporcionando una información adecuada, suficiente y veraz".

El fallo de la juez declara la nulidad absoluta de la orden de compra de las participaciones preferentes suscritas por la pareja y obliga a la devolución de la cantidad más los intereses legales correspondientes, junto con la imposición de costas a la parte demandada.

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