El TSJ anula de nuevo órdenes que no reconocen la Filología catalana
El tribunal critica el "empecinamiento" de la Generalitat en rechazar la unidad lingüística
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSCV) ha declarado una vez más la nulidad de los anexos a las órdenes de la Consejería de Educación que no eximen de la prueba de conocimientos de valenciano en las oposiciones de maestros a los licenciados con el título de Filología catalana.
La Consejería de Educación acumula desde 2002 decenas de sentencias por la negativa a aceptar el término catalán en disposiciones oficiales y contra la titulación de Filología Catalana para acreditar el conocimiento del valenciano.
Este nuevo fallo de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ estima parcialmente un recurso interpuesto por Acció Cultural del País Valencià (ACPV) contra las órdenes -y sus anexos- de la Generalitat de 2009.
En un comunicado, Acció Cultural ha cifrado en 30.000 euros en costas judiciales la "persistencia en el error" del Consell, un dinero "de todos los contribuyentes y que el Gobierno valenciano ha malgastado innecesariamente".
Las órdenes convocaban, por una parte, procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y técnicos de Formación Profesional, y, por otra, el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de maestros y adquisición de nuevas especialidades.
Según recuerdan en el comunicado, en estas pruebas, cuya convocatoria se publicó en mayo de 2009, no se reconocía el título de licenciado en Filología Catalana como acreditativo de conocimientos de valenciano.
La entidad recurrió la convocatoria entendiendo que "un poder político no cuenta con autoridad para cuestionar los consensos científicos y académicos" y "como defensa y afirmación de la unidad de la lengua catalana, tanto desde el punto de vista filológico como legal".
En los fundamentos jurídicos de la sentencia, difundida hoy por la ACPV, el tribunal destaca que la cuestión planteada ha sido "reiteradamente contemplada por pronunciamientos de esta misma Sala y Sección, que han podido ser considerados de forma favorable por el Tribunal Supremo", que "por obvias razones de coherencia y seguridad jurídica" comparte.
La entidad cultural apunta que la Sala refiere así a la "larga lista de pronunciamientos judiciales favorables" a su postura, contrarios todos, en su opinión, al "intento del Gobierno valenciano de politizar la lengua, negar la evidencia científica y crear un conflicto artificial".
La resolución refleja, además, el "no acatamiento" por parte de la Generalitat de sentencias anteriores en el mismo sentido.
"Como debe expresamente reiterarse, solo el empecinamiento en la ignorancia y rechazo de los criterios científicos que avalan la unidad lingüística, se manifiesta como exclusiva razón del mantenimiento de la posición contraria por parte de la Generalitat, máxime cuando existen reiterados pronunciamientos jurisdiccionales que desautorizan tales argumentos", asevera el fallo.
Prosigue que, por ello, este tribunal se ve "forzado" a recordar que "una de las más elementales exigencias del Estado de Derecho que consagra nuestro texto constitucional es la del imperativo cumplimiento de las decisiones jurisdiccionales, especialmente por parte de los poderes públicos, que deben servir con objetividad los intereses generales".
La sentencia conocida hoy supone sumar, según ACPV, "un pronunciamiento más a una larga lista": 46 en referencia a la lengua, y 38 exclusivamente referidas a la impugnación de órdenes de oposición de la Consejería de Educación, según sus datos.
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