Una sentencia ratifica el derecho de los profesores interinos a los sexenios
Esta es la segunda sentencia en la Comunidad Valenciana favorable al cobro
Una profesora interina valenciana podrá cobrar sexenios, es decir, el complemento que se consolida en la nómina tras cada seis años de trabajo asociados a créditos de formación, a partir de una sentencia que este jueves hizo pública el Sindicat de Treballadors de l’Ensenyament (STEPV). Emitida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Valencia, se trata del segundo fallo estimatorio que este sindicato gana en torno al mismo asunto. El primero es también reciente, de octubre de 2012 y en ambos se reconocen los derechos de una demandante al cobro de sexenios. La sentencia es recurrible, aunque la Administración no recurrió la primera.
“La base del recurso que ha provocado esta sentencia es el derecho del profesorado interino al cobro de los sexenios, solo reservado” hasta ahora, recordaba el sindicato en un comunicado, “al funcionariado de carrera”. El fallo estima que por el hecho de cumplir las mismas condiciones de trabajo y de formación que este funcionariado, el interino “sí que tiene acceso a los sexenios”. Los profesores funcionarios cobran este complemento desde principios de los años noventa.
Los antecedentes jurídicos que redundan en esta misma línea argumental comienzan a acumularse a distintas escalas. Distintos fallos judiciales en el Estado español basados en la Directiva Europea 1999/70 reconocen el derecho de los docentes interinos a consolidar la antigüedad en su sueldo, en igualdad de condiciones que los compañeros que han accedido por oposición. En marzo del año pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya dictó un auto en el que daba la razón a un docente interino de Castilla y León en la reclamación de estos mismos derechos.
Asimismo, en noviembre de 2012, el Tribunal Supremo ratificó una sentencia del cobro de sexenios por docentes interinos extremeños, que había sido recurrida por el Gobierno autonómico. El STEPV anima “a todo el profesorado interino que cumpla los requisitos para el cobro de sexenios a interponer la correspondiente reclamación a la Administración”.
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