La Defensora pide que la policía no use capuchas en interrogatorios
La institución da la razón a los letrados que denunciaron que los agentes iban con el rostro cubierto
La Defensora del Pueblo ha dado la razón a los abogados de la comisión de legal de Sol que el pasado mes de febrero denunciaron que los policías que interrogaron a sus clientes en la comisaría de Moratalaz—detenidos durante una manifestación contra la reforma laboral— iban con el rostro cubierto, vestidos de paisano y sin ningún distintivo que pudiese identificarles. Según la resolución, enviado al Colegio de Abogados de Madrid—institución a la que los letrados trasladaron la denuncia— debería "prohibirse expresamente" que los agentes oculten su rostro dentro de las dependencias policiales porque va contra el derecho a la asistencia de los letrados. La Dirección General de la Policía ha asegurado a este periódico que desde que se dieron a conocer estos hechos se tomaron medidas para que no se repitieran esas prácticas.
La ley orgánica 4/2010 del régimen disciplinario del cuerpo Nacional de Policía recoge en su artículo 8 que es una “falta grave” no ir provisto en los actos de servicio del uniforme reglamentario y de los distintivos de la categoría o cargo, siempre que no medie autorización en contrario.
Aunque el Ministerio del Interior aseguró en su día que no hay ninguna prohibición legal de que se realice este tipo de interrogatorios, la adjunta a la Defensora, Concepció Ferrer i Casals, considera que las razones esgrimidas por la Dirección General de la Policía, basadas en la salvaguarda de la seguridad de los funcionarios ante posibles atentados, “no tienen justificación objetiva y razonable”.
El pasado 10 de febrero, los letrados (que forman parte del movimiento 15-M) acudieron a la comisaría de Moratalaz para asistir a sus clientes, acusados de un delito de atentado contra los agentes de la autoridad y de lesiones. Según relataron en su día a este periódico, allí fueron recibidos por tres agentes encapuchados vestidos de paisano sin ningún distintivo que pudiese identificarles y que en esa situación tomaron declaración a los detenidos. Cuatro de los seis abogados insistieron en que en el acta de declaración de sus clientes constara que los funcionarios de policía presentes se encontraban con la cara tapada. En dicha declaración, según informaron, se recogía el número de placa de los agentes pero en ningún momento pudieron ver la acreditación material.
Por este motivo, la adjunta a la Defensora del Pueblo, Ferrer i Casals recomienda a la Dirección General de la Policía en un dictamen no vinculante que los funcionarios encargados tanto de la toma de la declaración como de la custodia de los detenidos "no oculten su rostro" con prendas que no forman parte de la uniformidad reglamentaria y que, dentro de las dependencias policiales, el personal vista su uniforme reglamentario y se identifique con su carnet profesional y su número de placa. La Dirección General suscribe las palabras de la Defensora.
Una de las abogadas que no quiere identificarse ha mostrado su satisfacción con la resolución de la Defensora del Pueblo y espera que la Dirección General de la Policía aplique esta recomendación para que estos casos "no vuelvan a repetirse".
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