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Los interinos docentes tienen derecho a cobrar sexenios

La sentencia del juzgado de Valencia se fundamenta en un auto de la Unión Europea que reconoce este derecho

Los interinos docentes sí tienen derecho a percibir los sexenios. Así lo ha decidido la justicia en una sentencia del Juzgado de Lo Contencioso número 8 de Valencia, que falla a favor de un recurso del STEPV y obliga a la Consejería de Educación al pago del sexenio con “carácter retroactivo”.

Esta es la primera sentencia estimatoria al respecto en la Comunidad Valenciana. El STEPV entiende que “no es procedente ninguna apelación por parte de la Administración porque la Unión Europea ya reconoce el derecho del profesorado interino en el cobro de este complemento de formación”.

De hecho, el fundamento de esta sentencia se basa en un auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de febrero de 2012 que reconoce el derecho del profesorado interino al cobro de los sexenios. Este derecho, reservado solo para el funcionario de carrera, se extiende ahora a los interinos al entender el tribunal que “cumplen las mismas condiciones de trabajo y de formación que el funcionario de carrera, que sí tiene acceso a los sexenios”.

El STEPV se felicita por la sentencia y “anima” a todo el profesorado interino que cumpla los requisitos para el cobro de los sexenios a interponer la correspondiente reclamación ante la Administración, a través de sus servicios jurídicos.

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