Una juez avala que una trabajadora con menos jornada reciba gratificaciones
La sentencia reconoce derechos a una empleada que pidió menos horas para cuidar de su hijo Una empresa de perfumería le redujo los premios por ventas que recibía el resto de la plantilla UGT lo ve como un "avance" tras "el abuso" de la Reforma Laboral "de muchos empresarios"
P. S. trabajaba de dependienta en una perfumería de alta gama y pidió reducir un tercio su jornada laboral para cuidar de su hijo menor. En lugar de 36 horas, trabajaría 24 de lunes a sábado, en horario de 11.00 a 15.00. La empresa, ubicada en Madrid, le recortó también en 2010 un tercio de las gratificaciones y premios establecidos para la plantilla en función de las ventas. La empleada recurrió y el Juzgado de lo Social 8 de Madrid le ha dado ahora la razón: tiene derecho a percibir las gratificaciones íntegramente.
La sentencia, fechada el pasado 17 de julio pero que acaba de hacerse pública, establece que las gratificaciones trimestrales y anuales fijadas por la perfumería se refieren "al objetivo global de la facturación". Los trabajadores reciben ese dinero íntegro cuando tienen permiso por maternidad o paternidad "en caso de alcanzarse los objetivos marcados". También en caso de riesgo durante el embarazo o en la adopción y acogimiento.
Reducir la jornada para cuidar a un hijo, según considera la juez de lo Social, se refiere a "la misma regla que se aplicará para cualquier otro supuesto relacionado con la maternidad o la paternidad". Son medidas, según recoge la sentencia citando el Estatuto de los Trabajadores, para que los empleados "puedan participar de la vida familiar, dando un nuevo paso en el camino de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres".
El fallo, contra el que no cabe recurso, obliga a que le devuelvan las cantidades que reclamó por el porcentaje de gratificaciones impagadas: 913 euros del premio anual y 154 euros del premio del segundo trimestre de 2010.
Los servicios jurídicos del sindicato UGT han planteado y ganado esta demanda. UGT recuerda que este tipo de actuaciones afectan sobre todo a las mujeres trabajadoras y señala en una nota que la sentencia "viene a fijar como criterio" que un trabajador con jornada por guarda legal de un menor no puede ver "limitados o menoscabados sus derechos".
El sindicato subraya que esta sentencia es "un avance en un contexto de fuerte retroceso de los derechos de los trabajadores como consecuencia de la Reforma Laboral y del abuso manifiesto que muchos empresarios están haciendo amparándose, fraudulentamente, en ella".
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