El Supremo refuerza la posición de los obispos en su pugna con Educación
El tribunal obliga a la consejería a fijar una alternativa en Bachillearto
El Tribunal Supremo ha dado un cambio a la polémica en torno a la asignatura de Religión en Euskadi con una sentencia contra la que no cabe recurso hecha pública ayer en la que obliga a Educación a corregir el decreto del currículum de Bachillerato. El Supremo considera que es discriminatorio no obliga a impartir una alternativa para quienes no elijan esa asignatura. La sentencia llega escasos meses después de que la consejera de Educación, Isabel Celaá, llamara a realizar una reflexión en torno a la asignatura ante los cambios sociales que se han producido en los últimos años. Celaá apuesta por sacarla del horario escolar.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desdice así al Tribunal Superior vasco, que en noviembre de 2010 había fallado a favor de la normativa vasca al no apreciar indicios de discriminación. El fallo, conocido ayer, aunque fechado el pasado 20 de julio, supone un espaldarazo a la postura de las tres diócesis vascas y a la patronal de centros concertados religiosos Kristau Eskola, que habían recurrido contra la decisión del Superior, al igual que lo hicieron contra el decreto inicial que fijó el currículum de Bachillerato.
El conflicto
Abril 2008. Directores y padres piden que la Religión se imparta fuera del horario escolar.
Mayo 2008. Educación, en manos entonces de EA, redacta un borrador de decreto en el que desaparece la alternativa a la Religión.
Febrero 2009. El Gobierno publica el decreto con el currículum de Bachillerato que recoge los cambios en Religión.
Marzo 2009. Los obispos y Kristau Eskola recurren el decreto ante el Superior.
Noviembre 2010. El Tribunal Superior rechaza el recurso por entender que el decreto no vulnera los acuerdos con la Santa Sede ni es discriminatorio.
Febrero 2012. La consejera de Educación, Isabel Celaá, dice que llevar la Religión fuera del horario escolar es "adecuado".
Julio 2012. El Tribunal Supremo desdice al Superior y anula las partes del decreto que versan sobre esta cuestión. Entiende que existe una discriminación y un "efecto disuasorio" en las familias.
El tribunal estima parcialmente el recurso presentado por todos ellos porque aprecia que el decreto aprobado en febrero de 2009 por el entonces consejero de Educación, Tontxu Campos, de EA, genera discriminación al no establecer una asignatura alternativa a Religión.
El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Enrique Lecumberri Martí, apunta que el decreto “no responde (...) a la prestación de la enseñanza de la religión en condiciones equiparables al resto” de disciplinas, algo que exige el acuerdo con la Santa Sede de 1979, y, por tanto, considera que la situación creada puede servir para evitar que las familias apuesten por matricular en Religión a sus hijos.
El decreto plantea que la religión en Bachillerato sea de carácter voluntario y no recoge la obligatoriedad de que se imparta a quienes no estudien Religión una alternativa. A quienes sí apuestan por esta asignatura, se les asignan dos horas más de clase a la semana. El resultado es que la mayoría de los institutos ponen esta clase a primera o a última hora mientras que otros, los menos según Educación, llevan la asignatura al horario de tarde, fuera del escolar en la etapa del Bachillerato.
Esta situación fue llevada en 2009 a los tribunales por los obispos y la patronal religiosa, en una decisión sin precedentes en España, por su "efecto disuasorio" para que las familias no elijan la asignatura e incluso lo citaban como un "atentado a la libertad de los padres". Consideran que, al no haber una asignatura alternativa, los estudiantes de Religión son penalizados porque se les evalúa y se les añaden horas de estudio que al resto no se les exigen. El Superior no vio una violación del acuerdo con la Santa Sede porque se trata de la etapa posobligatoria y asumió la tesis del Gobierno, que argumentó que tras el Real Decreto de 2007 del que el texto normativo vasco es desarrollo "se pretende crear ex novo una enseñanza mínima que no ha propiciado la regulación estatal". El Supremo reconoce este último argumento, pero dictamina en contra de lo defendido por el Ejecutivo.
Educación tratará de realizar los cambios antes de que empiece el curso
Eso sí, no entra a establecer los detalles del currículum ni a plantear a la Administración cómo debe hacerlo —como exigían los obispos y Kristau Eskola— por entender que no es su competencia. Fuentes de Educación aseguraron ayer que la consejería estudiará en las próximas semanas cómo materializar el fallo, a poder ser antes de que comience el nuevo curso, dentro de un mes.
La sentencia es un golpe contra una aspiración que persiguen colectivos de padres como Ehige desde hace años y en contra de la opinión de la propia consejera de Educación. Celaá aseguró en febrero: “Me parece que fuera del horario escolar \[la asignatura de Religión\] es bastante adecuada”. Lo que podría estar considerado como la avanzadilla de este cambio —pese a que pocos han optado por sacar estos estudios al horario de tarde—, recibe ahora la advertencia del Supremo de que no se ajusta a derecho.
El Ejecutivo autonómico no quiso entrar en los detalles de la sentencia, aunque aseguró que acata la decisión y que tratará de ponerla en práctica antes de que comience el próximo curso, dentro de un mes. Por el momento, con buena parte de la consejería en un breve paréntesis vacacional, no se sabe cómo se articularán los cambios, si con un decreto nuevo o con una circular interna que se remita a los centros con instrucciones que corrijan la situación.
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