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El TSJM enmienda el plan de protección de la Sierra de Guadarrama

Una sentencia impide la posibilidad de unir las dos estaciones de esquí de la sierra Da la razón a Ecologistas en Acción en dos de las siete alegaciones que presentó

Elena G. Sevillano
Un escalador en La Pedriza, en el Parque de la Cuenca Alta del Manzanares.
Un escalador en La Pedriza, en el Parque de la Cuenca Alta del Manzanares.

“Ambientalmente la propuesta era nefasta”, asegura María Ángeles Nieto, portavoz de Ecologistas en Acción. Se refiere a uno de los artículos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de la Sierra de Guadarrama que ha anulado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). En concreto el que abría la posibilidad de unir las estaciones de esquí de Navacerrada y Valdesquí, situadas en pleno territorio del futuro parque nacional.

El TSJM ha admitido parcialmente el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción contra el plan y, además de impedir esa unión, ordena que se siga aplicando la normativa del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en más de 2.600 hectáreas en las que, a juicio de la organización, con el nuevo plan se reducía el grado de protección.

Pese a que el fallo, del 31 de mayo pasado pero dado a conocer hoy, les da la razón en alguna de sus pretensiones, y celebran que “se frene la desprotección” de la zona, Ecologistas en Acción ha recurrido la sentencia porque considera que el PORN debe ser anulado en su totalidad. La Comunidad de Madrid también ha recurrido en casación al Tribunal Supremo. El fallo únicamente acepta dos de las siete alegaciones de la organización ecologista, subraya la Consejería de Medio Ambiente.

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“Desde un principio Ecologistas en Acción ha venido denunciando la desprotección que supone para la Sierra de Guadarrama la aprobación del PORN y por ende la del parque nacional”, explica la organización, que denunció porque consideraba que la anterior normativa era más restrictiva que la que imponía el PORN, publicado definitivamente en el Boletín Oficial a principios de 2010. “Es decir, para declarar el parque nacional previamente se desmantela el sistema de protección existente en la sierra”, denuncian.

El Consejo de la Red de Parques Nacionales declaró el mes pasado las Cumbres de la Sierra de Guadarrama nuevo Parque Nacional español, un estatus que se hará efectivo una vez que concluya la correspondiente tramitación legislativa en las Cortes, previsiblemente el año que viene. El primer parque nacional de la Comunidad de Madrid ocupará 36.000 hectáreas. Una portavoz de Medio Ambiente sostiene que la sentencia del TSJM no afecta de ninguna manera a la propuesta de parque nacional. Si hiciera falta cuando la sentencia sea firme, se cambiaría la redacción de los dos artículos que anula, añade.

El PORN incluye la posibilidad de una futura conexión de las estaciones de esquí de Navacerrada y Valdesquí, denuncia Ecologistas. “Una propuesta incomprensible por el impacto ambiental que supondría la unión y porque la propiedad del Valdesquí se opone”, añade. “Valdesquí alega motivos medioambientales, económicos y de seguridad para los esquiadores para rechazar la unión de las estaciones”, subraya. El fallo anula el artículo 4.3.2.b, en el que se recoge “una conexión futura de las estaciones existentes” y las “instalaciones deportivas mínimas necesarias”.

Desde Medio Ambiente aseguran que el tribunal ha interpretado, en su opinión, erróneamente, que el PORN permite la ampliación de las estaciones de esquí, cuando no es así, dado que se trata únicamente de una "gestión coordinada de ambas instalaciones por motivos medioambientales, de seguridad", etc.

“La sentencia debería tener efecto, aunque ahora que la Comunidad ha recurrido no se considere firme. Estamos decidiendo si pedimos la ejecución provisional. Si nos la conceden, habría que aplicar las dos anulaciones”, explica Nieto. “Seguir adelante con la unión de las dos estaciones es defender los intereses particulares de la empresa que gestiona una de ellas”, lamenta, y explica que el TSJM considera que la unión de ambas estaciones supondría una ampliación encubierta de las mismas, “algo que el propio PORN prohíbe”.

La segunda disposición que anula el fallo tiene que ver con dos zonas con un grado de protección elevado en el actual Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares (PRCAM), las conocidas como zonas A1 y A2 o de reserva integral, que pasan a incluirse en una nueva zona denominada de Aprovechamiento Ordenado de Recursos Naturales (ZAORN) donde, entre otras cuestiones se permitía la construcción de viviendas y otras edificaciones, algo prohibido según la normativa del PRCAM, explica Ecologistas. Eso equivale a la “desprotección urbanística” de algo más del 40% de la superficie del parque, añaden.

El TSJM reconoce esta situación de desprotección, según la organización, y obliga a la Comunidad de Madrid a que anule la delimitación de las zonas ZAORN coincidentes con las zonas A1 y A2 del PRCAM y prevalezca la normativa sobre usos permitidos del PRCAM. En concreto se refiere a 2.600 hectáreas que se extienden por los municipios de Cercedilla, Navacerrada, Becerril de la Sierra, El Boalo, Manzanares el Real y Miraflores de la Sierra. Medio Ambiente precisa que esas 2.600 hectáreas son únicamente el 2,5% del territorio de 101.000 hectáreas que cubre el PORN. Además, asegura que el fallo únicamente critica una contradicción en la redacción.

"Gracias al PORN hemos dado máxima protección a la sierra de Madrid. Nada había hecho tanto por proteger la sierra como este Gobierno", añade la portavoz de Medio Ambiente.

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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