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Fernández Díaz promete mano dura contra las imprudencias en el monte

Las penas de cárcel subirían a seis años en incendios sin riesgo para las personas

Miquel Noguer
Jorge Fernández Díaz, ministro de Interior, Felip Puig, consejero de Interior, y María de los Llanos de Luna, delegada del gobierno en Cataluña
Jorge Fernández Díaz, ministro de Interior, Felip Puig, consejero de Interior, y María de los Llanos de Luna, delegada del gobierno en CataluñaROBIN TOWSEND (EFE)

Los juristas recomiendan no tomar nunca en caliente decisiones que impliquen modificaciones legislativas, pero la convicción de que el gran incendio de La Jonquera tuvo su origen en una colilla mal apagada motivó ayer llamamientos a aplicar mano dura contra los imprudentes. El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, que se desplazó hasta Figueres (Girona) abogó por endurecer el Código Penal para castigar con más vigor las imprudencias cerca de zonas forestales.

“Estas actitudes conllevan pérdidas que deben tener un reflejo en el Código Penal”, señaló el ministro, al tiempo que insistió en la necesidad de tipificar estas conductas imprudentes “más agresivamente”, porque, recordó “causan pérdidas de vida, patrimoniales y ecológicas”. Fernández Díaz recordó que el reciente incendio de la Comunidad Valenciana calcinó 50.000 hectáreas, la misma cifra que en todo el año pasado. En este sentido indicó que “tanto en aquel incendio como aquí se pone de manifiesto que son conductas imprudentes temerariamente o imprudentes profesionalmente” las que generan los fuegos, y especialmente ante las condiciones meteorológicas adversas.

A comienzos de julio, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ya anunció que piensa endurecer el Código Penal tras recordar que, de los 1.780 procedimientos por incendios provocados en 2010 en España, apenas se dictaron 96 sentencias condenatorias.

El titular de Justicia se escudó en el dato para anunciar un incremento de la pena máxima de prisión, de los cinco años a los seis. Se trata de casos en los que no se pone en riesgo la vida o la integridad física de las personas, de lo contrario, la pena se mantienen como hasta ahora, de 10 a 20 años. El juez puede decretar la aplicación de distintas medidas preventivas, de considerarlo oportuno, ya que al extenderse la sanción, el plazo de prescripción del delito aumenta a 10 años. Así, los casos serán juzgados por la Audiencia Provincial y no por los juzgados de lo Penal, como en este momento.

El ministro también quiere incluir como circunstancias agravantes que el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población; que sacuda zonas forestales con una flora y una fauna protegida; y que el incendio sea provocado cuando las condiciones climatológicas del terreno incrementen su riesgo de propagación.

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Sobre la firma

Miquel Noguer
Es director de la edición Cataluña de EL PAÍS, donde ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona, ha trabajado en la redacción de Barcelona en Sociedad y Política, posición desde la que ha cubierto buena parte de los acontecimientos del proceso soberanista.

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